AT&T Protect Insurance para 4
Bienvenido a AT&T Protect Insurance for 4
Información importante, incluidos términos y condiciones.
En vigencia el 24 de enero de 2024
Detalles del programa AT&T Protect Insurance for 4
Cargos mensuales | $12.25 al mes por cuenta móvil suscrita. Incluye AT&T Protect Insurance para hasta cuatro dispositivos calificados. |
Inscripción | La inscripción en este programa continuará renovándose de forma mensual en la factura del servicio móvil de AT&T hasta que se cancele. |
Límites de reclamaciones | Cantidad ilimitada de reclamaciones con un valor máximo de dispositivo de $3,500 por reclamación. |
Reemplazo de dispositivos conectados | Si es un dispositivo conectado, tan pronto como al día siguiente*. Las reclamaciones pueden realizarse con equipos nuevos o restaurados certificados por AT&T de la misma marca y modelo u otra marca o modelo de tipo y calidad similares y pueden haber sido abiertos, usados, reacondicionados o remanufacturados previamente, y/o pueden contener piezas de repuesto originales o no originales. Los colores, la marca y las funcionalidades pueden ser diferentes. No se garantiza la compatibilidad de los accesorios. Las reclamaciones que se aprueban antes de las 4 p. m. (hora local) pueden recibir un dispositivo de reemplazo el mismo día. |
Reemplazo de dispositivos no conectados | Los dispositivos de AT&T Protect Insurance for 4 que no estén conectados a la red de AT&T (tablets Wi-Fi®) se proporcionan como un reemplazo. Las reclamaciones se pueden cumplir con dispositivos de reemplazo nuevos o reacondicionados de la misma marca y modelo o similares u otro modelo de tipo y calidad similar. Los dispositivos de reemplazo pueden haber sido abiertos, usados, reacondicionados o remanufacturados previamente y/o pueden contener piezas de repuesto originales o no originales. Los colores, la marca y las funcionalidades pueden ser diferentes. No se garantiza la compatibilidad de los accesorios. |
Incidentes cubiertos | Pérdida, robo y daño (no incluye daños accidentales por manejo) |
Política de cancelación | Puedes cancelar tu cobertura opcional en cualquier momento y recibir un reembolso prorrateado de tus cargos mensuales al llamar al 888.562.8662 o visitar att.com/myatt. Podemos cancelar o cambiar los términos brindándole al cliente una notificación previa escrita como así lo requiere la ley. |
Equipo asegurado |
Teléfono, tablet (conectado o no conectado), laptop o reloj: incluye el dispositivo y la batería estándar y, si es parte de la pérdida cubierta, el cargador de batería estándar y la tarjeta SIM/eSIM. Equipo Wireless Home Phone: incluye el dispositivo, además del cable de alimentación, la batería de respaldo, el cable del teléfono y la tarjeta SIM/eSIM. Para que la cobertura sea válida para un dispositivo conectado en particular, el cliente debe tener o arrendar el dispositivo y haberlo usado (uso registrado de llamadas y datos) en su línea de servicio móvil suscrita después de la suscripción inicial. La cobertura se aplica a cuatro dispositivos en cualquier momento dado. El dispositivo conectado con cobertura será el dispositivo usado recientemente en la línea de servicio móvil al momento de la pérdida. |
Trae tu propio dispositivo | Cuando activas tu propio dispositivo y activas el servicio en la red de AT&T, puedes cumplir con los requisitos para inscribirte en la protección del dispositivo dentro de los 30 días. Si la marca/el modelo del dispositivo se vende/fue vendida anteriormente por AT&T, el nivel de deducible de reparación y reemplazo aplicable para esa marca/modelo específico se aplica a todas las reclamaciones aprobadas. Para la marca o el modelo de un dispositivo que no vendió AT&T, corresponde el deducible y cargo mensual del dispositivo nivel 2. Las opciones de reemplazo varían. El dispositivo debe estar en buen estado y funcionamiento y puede estar sujeto a una inspección antes de la suscripción. |
Arbitraje |
En el caso improbable de que no podamos resolver cualquier disputa, incluida cualquier reclamación según el programa AT&T Protect Insurance para 4, deberás (excepto donde se brinden exenciones estatales expresas): (1) RESUELVA CUALQUIER CONFLICTO A TRAVÉS DE ARBITRAJES INDIVIDUALES Y VINCULANTES O DEMANDAS EN TRIBUNALES DE INSTANCIAS EN LUGAR DE DEMANDAS EN LOS TRIBUNALES DE JURISDICCIÓN GENERAL Y (2) QUE RENUNCIE A SUS DERECHOS A UN JUICIO POR JURADOS Y A PARTICIPAR EN DEMANDAS COLECTIVAS O ARBITRAJES COLECTIVOS. |
*Las reclamaciones aprobadas antes de las 6 p. m. ET se envían el mismo día y, en la mayoría, se entregan al día siguiente. Las entregas en Alaska, Hawaii, Puerto Rico y las Islas Vírgenes Estadounidenses no se pueden enviar para que lleguen al día siguiente.
Deducibles por reemplazo de dispositivos conectados y dispositivos no conectados | |
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Se cobrará un deducible no reembolsable por cada reclamación aprobada. Los montos deducibles se basan en niveles de dispositivo. | |
Dispositivos conectados | |
Niveles de dispositivos | Deducible estándar |
Nivel 1 | $25 |
Nivel 2 | $100 |
Nivel 3 | $225 |
Nivel 4 | $275 |
Dispositivos no conectados | |
Tablet solo con Wi-Fi | $199 |
Para consultar el monto del deducible para tu dispositivo, visita phoneclaim.com/att. Algunos dispositivos se pueden mover a otro nivel de deducible durante su vida útil. |
Lista parcial de dispositivos cubiertos
Actualizado el 24 de enero de 2024
Deducible por dispositivos de reemplazo | |
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Nivel de dispositivo 1 Cargo por servicio: $25 |
Apple® Watch SE GPS + móvil de 40 mm (estuche de aluminio, todas las correas) AT&T Cingular Flip IV Netgear Nighthawk M6 Samsung Galaxy A13/A14 5G/A51/A51 5G Samsung Galaxy Watch de 5 40mm |
Nivel de dispositivo 2 Cargo por servicio: $100 |
Apple® Watch SE GPS + móvil de 44 mm (estuche de aluminio, todas las correas) Apple® Watch 8 GPS + móvil de 41 mm (caja de aluminio - todas las correas) Apple® Watch 9 GPS + móvil de 41 mm (caja de aluminio - todas las correas) Apple® Watch 9 GPS + móvil de 45 mm (caja de aluminio - todas las correas) Apple® iPhone® SE/SE 2020/SE 2022 Google Pixel Watch Samsung A52 5G/A53 5G/A54 5G Trae tu propio dispositivo (modelo o marca que no es de AT&T) |
Nivel de dispositivo 3 Cargo por servicio: $225 |
Apple® iPhone® 13 Mini de 128 GB Apple® Watch 8 GPS + móvil de 41 mm (caja de acero inoxidable, todas las correas) Apple® Watch Ultra GPS + móvil (todas las cajas, todas las correas) Apple® Watch Ultra 2 GPS + móvil (todas las cajas, todas las correas) Apple® Watch 9 GPS + móvil de 41 mm (caja de acero inoxidable - todas las correas) Apple® Watch 9 GPS + móvil de 45 mm (caja de acero inoxidable - todas las correas) Google Pixel 6 Samsung Galaxy S21 5G/S22 5G 128 GB/S23 5G 128 GB Microsoft Surface Go 3/Surface Duo |
Nivel de dispositivo 4 Cargo por servicio: $275 |
Apple® iPhone® 13 Mini de 256 GB/13 Mini 512 GB Apple® iPhone® 13/13 Pro/13 Pro Max Apple® iPhone® 14/14 Plus/14 Pro/14 Pro Max Apple® iPhone® 15/15 Plus/15 Pro/15 Pro Max Apple® iPad® Pro de 11 pulgadas (2022)/12.9 pulgadas (2022) Samsung Galaxy Z Fold3 5G/Z Fold4/Z Fold5 5G Samsung Galaxy S22 5G de 256 GB/S22+/S22 Ultra Samsung Galaxy Z Flip3 5G/Z Flip4/Z Flip5 5G Samsung Galaxy Tab S8+ Google Pixel 6 Pro/7 Pro /Fold/8 de 256 GB/8 Pro Samsung Galaxy S23 5G 256 GB/S23 Plus 5G/S23 Ultra 5G |
Detalles del programa AT&T Protect Insurance for 4
Seguro para hasta 4 dispositivos móviles elegibles (inscríbete dentro de los 30 días posteriores a la activación nueva o al cambio)
- Un dispositivo principal elegible debe estar conectado a un plan de servicio móvil mensual pospago de AT&T (dispositivo conectado).
- El segundo, el tercero y el cuarto dispositivo elegible puede estar conectado a un plan mensual pospago de AT&T (incluye smartphones y tablets o laptops conectados en la misma cuenta) o ser tablets solo con Wi-Fi que no estén conectados a un plan de tarifas mensual de AT&T.
- El disositivo conectado principal del cliente se registra con la inscripción al programa, pero los dispositivos segundo, tercero y cuarto pueden regisrarse más adelante cuando se presenta una reclamación.
- El cliente no puede tener más de 4 dispositivos elegibles registrados en algún momento.
- Hay un período de espera de 30 días después de la suscripción de los dispositivos no conectados para que la cobertura del seguro tenga validez.
- Una vez que se aprueba una reclamación, el teléfono móvil (dispositivo conectado) o dispositivo del cliente (dispositivo no conectado) se registra y seguirá registrado como uno de los cuatro números de teléfono móvil/dispositivo cubierto por un período de 12 meses.
- Después de cuatro 12 meses (a partir de la fecha de la reclamación aprobada), se puede cambiar la inscripción del número móvil (conectado) o dispositivo cubierto (no conectado).
- Cada reclamación aprobada reinicia el período de inscripción de 12 meses para el número de teléfono móvil (dispositivo conectado) o dispositivo (dispositivo no conectado).
- Aunque son ilimitados, cada reemplazo aprobado requiere que el dispositivo reemplazado esté registrado (el registro se puede cambiar 12 meses a partir de la fecha de la reclamación aprobada).
Divulgaciones importantes de AT&T Protect Insurance para 4
Protect Insurance para 4 está cubierto por Continental Casualty Company, una compañía CNA (CNA), y administrado por Asurion Protection Services, LLC (en Iowa, Lic. N.° 1001002300, en California, Asurion Protection Services Insurance Agency, LLC, CA Lic. N.° 0D63161, en Puerto Rico, Asurion Protection Services of Puerto Rico, Inc.), un agente con licencia de CNA.
La cobertura es opcional
AT&T Protect Insurance para 4 es una cobertura de seguro opcional que no estás obligado a comprar. La inscripción al programa y la autorización de reemplazo serán a exclusivo criterio de Continental Casualty Company, una compañía de CNA, Asurion (el administrador del plan) o cualquier otro representante autorizado de CNA de acuerdo con los términos del certificado de cobertura y la ley aplicable.
Limitaciones y exclusiones
La cobertura del seguro contiene limitaciones y exclusiones. Por ejemplo, se excluyen daños intencionales, daños cosméticos y fallas del dispositivo debido a piezas defectuosas o mano de obra. Las exclusiones y limitaciones completas se pueden encontrar en el Certificado de cobertura incluido.
Comunicaciones
Las comunicaciones del programa, incluso los avisos legales y los términos y condiciones, pueden enviarse por correo electrónico a la última dirección de correo electrónico registrada con AT&T, el número de teléfono móvil identificado en el sistema de AT&T como el titular de la cuenta y/o cualquier otra dirección de correo electrónico o número de teléfono móvil que brindes a AT&T o Asurion, a menos que las leyes estatales lo prohíban. Si no es posible el envío electrónico, esta información se enviará por correo. No se enviarán avisos legales a los clientes de New York por correo electrónico.
Proceso de reclamación sencillo
Puedes presentar reclamaciones por pérdida, robo y daño de forma rápida y sencilla y recibir actualizaciones de estado e información de seguimiento por correo electrónico. El deducible no reembolsable asociado con el modelo del dispositivo se cobra en su factura mensual de servicio móvil.
- Llama a Asurion al 888.562.8662 o presenta una reclamación en phoneclaim.com/att. Los representantes de Asurion están disponibles para ayudar de lunes a viernes de 8 a. m. a 10 p. m. ET y los sábados y domingos de 9 a. m. a 9 p. m. ET. Los días festivos pueden afectar el horario de atención al cliente.
- Ten a mano la marca y el modelo de tu dispositivo.
- Haz la reclamación lo antes posible, pero dentro de los 60 días de la fecha de pérdida.
En el caso de pérdida o robo de dispositivos móviles, el cliente debe comunicarse con Servicio al Cliente de AT&T a 866.MOBILITY para suspender el servicio en forma temporal e impedir el uso no autorizado.
Cargo por no devolución de equipo
Si el dispositivo está dañado, funciona mal o si perdiste el dispositivo y luego lo encontraste, puedes evitar los cargos por no devolución de hasta $850 (el cargo se basa en el costo de la reclamación presentada a la compañía de seguros) al devolver el dispositivo según las instrucciones que aparecen en el sobre de devolución que te proporcionamos.
Otra cobertura
Protect Insurance for 4 puede brindar un Duplicado de cobertura ya provisto por la póliza personal de seguro de auto, la póliza de seguro del propietario del hogar, la póliza de seguro del inquilino, la póliza de seguro de responsabilidad personal u otra fuente de cobertura. Este seguro se considerará primario sobre cualquier otra cobertura que tengas. A menos que haya una licencia, los socios de AT&T no están calificados o autorizados para evaluar la idoneidad de tu cobertura de seguro existente. Las preguntas sobre este plan se deben realizar a un agente con licencia de la CNA, Asurion Protection Services, LLC.
El certificado de cobertura incluido es el acuerdo completo entre el asegurador y el cliente. El cliente puede consultar el certificado de cobertura para conocer todos los términos y condiciones de la cobertura prestada. Para realizar consultas u obtener una copia completa del certificado de cobertura de seguro, el cliente debe comunicarse con:
Asurion Protection Services, LLC
Asurion Protection Services Insurance Agency, LLC
Servicio al Cliente
P.O. Box 411605
Kansas City, MO 64141-1605
CA License #OD63161
888.562.8662
Resolución de disputas
El Certificado de cobertura contiene un acuerdo de arbitraje vinculante e individual. Se puede obtener la copia completa del Acuerdo de arbitraje en phoneclaim.com/att. El cliente debería leer todo este documento con atención, ya que se ven involucrados sus derechos. El Acuerdo de Arbitraje exige que el cliente: 1) RESUELVA CUALQUIER CONFLICTO A TRAVÉS DE ARBITRAJES INDIVIDUALES Y VINCULANTES O DEMANDAS EN TRIBUNALES DE INSTANCIAS EN LUGAR DE DEMANDAS EN LOS TRIBUNALES DE JURISDICCIÓN GENERAL; y 2) RENUNCIE A SU DERECHO A JUICIO Y A PARTICIPAR EN DEMANDAS COLECTIVAS O ARBITRAJES COLECTIVOS. El arbitraje es una instancia más informal que el litigio en un tribunal, y en él participa un árbitro imparcial en lugar de un juez o jurado. El Acuerdo de Arbitraje permite que los procedimiento del arbitraje se lleven a cabo en el condado de su dirección de facturación y exige que dichos procedimientos sean administrados por la Asociación Estadounidense de Arbitraje ("AAA") de conformidad con las Reglas de arbitraje comercial y los Procedimientos complementarios para disputas relacionadas con consumidores. El cliente puede obtener detalles sobre la AAA y sus reglas al visitar adr.org. El Acuerdo de Arbitraje no prohíbe informar a las agencias federales, estatales y locales sobre alguna disputa, ya que pueden buscar compensaciones para usted. Si el cliente no desea presentar disputas para arbitraje individual y vinculante o no acepta alguna otra cláusula del Acuerdo de Arbitraje, debe comunicarse con AT&T y cancelar su cobertura de AT&T Protect Insurance for 4. Recibirá un reembolso prorrateado de los montos que pagó por dicha cobertura.
Satisfacción del cliente
Asurion y CNA se esfuerzan para satisfacer a cada cliente y solicitan que nos permitan la oportunidad de solucionar cualquier pregunta, inquietud o queja que el cliente pueda tener al llamarnos al 888.562.8662.
Para residentes de California, Illinois, Indiana y Maryland
La línea directa del Departamento de Seguros de California para consumidores es 800.927.HELP (4357), del Departamento de Seguro del Estado de Indiana es 800.622.4461 y de la Administración de Seguro de Maryland es 800.492.6116.
Te puedes comunicar con Illinois Department of Insurance por correo en 320 W. Washington St., Springfield, IL 62767, por teléfono al (877) 527-9431 o en línea en https://mc.insurance.illinois.gov/messagecenter.nsf (formulario en línea) o https://insurance.illinois.gov/Complaints/PropertyCasualtyComplaintForm.pdf (formato para imprimir).
Para residentes de Washington
Solo para los residentes de Washington, podemos cambiar los términos y condiciones del seguro con un aviso de al menos treinta (30) días y solo podemos cancelar por las siguientes razones y avisos: (i) quince (15) días por fraude o tergiversación de los hechos al obtener la cobertura o en la presentación de una reclamación; (ii) diez (10) días por falta de pago; (iii) inmediatamente por dejar de tener un servicio activo con AT&T o agotar el límite total de reclamaciones; o (iv) treinta (30) días con base en una determinación de AT&T o el Agente de que el programa ya no se debe ofrecer. No aumentaremos la prima o el deducible ni restringiremos la cobertura más de una vez en cualquier período de seis (6) meses, no obstante le brindaremos a cada asegurado de Washington un aviso por escrito de antemano de treinta (30) días de cualquier aumento de prima o deducible.
IMPORTANTE: toda persona que a sabiendas y con intención de perjudicar, defraudar o engañar a una aseguradora formula una declaración de reclamación o una solicitud que contiene información falsa, incompleta o engañosa es culpable de fraude al seguro. En Florida, dicha conducta es un delito de tercer grado. Esta nota no tiene vigencia en Oregon.
Todos los impuestos y recargos aplicables no están incluidos.
Las sucursales y filiales de AT&T Inc. proporcionan productos y servicios con la marca AT&T. AT&T, el logotipo de AT&T y todas las marcas de AT&T que se incluyen aquí son marcas comerciales de AT&T Intellectual Property y/o de compañías afiliadas a AT&T. Las demás marcas comerciales, marcas de servicio y logotipos son propiedad de sus respectivos dueños.
2023 Asurion, LLC. Todos los derechos reservados.
AVISO IMPORTANTE PARA TEXAS
Para obtener información o presentar una queja:
Puedes comunicarte con el Departamento de Seguros de Texas al 1-800-252-3439 para obtener información sobre compañías, coberturas, derechos o quejas.
Puedes escribir al Departamento de Seguros de Texas:
P.O. Box 149091
Austin, TX 78714-9091
Web: www.tdi.texas.gov
Correo electrónico: ConsumerProtection@tdi.texas.gov
DISPUTAS DE PRIMA O RECLAMACIÓN: Si el Cliente tiene una disputa sobre su prima o reclamación, primero se debe contactar con el agente o la compañía. Si la disputa no se resuelve, puedes contactar con el Departamento de Seguros de Texas.
ADJUNTAR ESTE AVISO A LA POLÍTICA: Este aviso es solo para fines informativos y no forma parte ni es condición del documento adjunto.
Certificado para la cobertura de equipos electrónicos portátiles de la Marina Interior Comercial
Este Certificado de Cobertura de Protect Insurance para 4 ("Certificado") contiene varias cláusulas que limitan la cobertura. Lea este Certificado completo detenidamente. En él se establecen los derechos y las obligaciones de cada parte y lo que cubre y no cubre.
En este Certificado, las palabras "usted" y "su" hacen referencia a los "Suscriptores asegurados". Las palabras "nosotros" y "nuestro" hacen referencia a Continental Casualty Company, una compañía CNA ("CNA"), la compañía de seguros por acciones de Illinois proveedora de este seguro.
En este Certificado, los términos "Representante autorizado" y "Asurion" hacen referencia a Asurion Protection Services, LLC, excepto en el siguiente caso: en California, Asurion Protection Services, LLC opera como Asurion Protection Services Insurance Agency, LLC (Licencia de CA No.: OD63161). En Puerto Rico, "Asurion" se refiere a Asurion Protection Services of Puerto Rico, Inc.
Otras palabras o frases utilizadas en mayúscula tienen significados especiales. Consulta la Sección IX. DEFINICIONES.
Se encuentra disponible para su inspección, una copia de la política en la que se expide este Certificado.
I. COBERTURA.
De conformidad con todos los términos, condiciones, exclusiones y limitaciones de este Certificado, acordamos brindar el seguro mensualmente tal como se establece en este Certificado, siempre que ocurra alguna Pérdida (según se define en la Sección IX. DEFINICIONES) en el Bien asegurado durante la vigencia de la cobertura.
Información acerca de su Cobertura
Con respecto a todas las solicitudes de inscripción, la cobertura que se especifica en este Certificado comienza a las 12:01 a. m. de la fecha de dicha solicitud. La información relacionada con la cobertura del equipo electrónico portátil incluida en su recibo, factura o cualquier otra documentación de su Compañía de servicio es incorporada por referencia en este Certificado e incluye especialmente el nombre y la dirección del Suscriptor Asegurado además de información que ayude a determinar la fecha de entrada en vigencia de la cobertura (Ver Sección I.E).
A. QUÉ ASEGURAMOS.
Aseguramos su Bien cubierto (como se define en la Sección IX. DEFINICIONES) por Pérdidas siempre y cuando sean elegibles para la cobertura. En caso de Pérdida, nuestra obligación según este Certificado es reparar o reemplazar, a nuestra entera discreción, su Bien asegurado. Este seguro se considerará primario sobre cualquier otro seguro que usted tenga.
B. PLAN DE COBERTURA
Aseguramos su Bien asegurado en las siguientes causas de pérdida.
- i) Daños físicos.
- ii) Robo o pérdida por desaparición misteriosa u otra pérdida accidental permanente de posesión.
C. PROPIEDAD NO CUBIERTA.
Lo que no cubre:
- Cualquier propiedad o equipo que no sea un Bien asegurado.
- Contrabando o propiedad de transporte o comercio ilegal.
- Propiedad en tránsito a usted por parte de un fabricante o vendedor que no sea el Centro de Servicio Autorizado.
- Datos, medios externos no estándar y software no estándar.
- Los Accesorios cubiertos solo serán asegurados cuando sean parte de la Pérdida de un Bien cubierto. Los Accesorios cubiertos no están cubiertos por separado como una Pérdida según este Certificado.
- Cualquier dispositivo móvil cuyo único número de identificación (IMEI, ESN, etc.) haya sido alterado, estropeado o quitado.
D. PAGO DE PRIMAS
Al cliente se le cobrará la prima mensual correspondiente a la categoría de equipo de su Bien asegurado asociado a su número móvil suscrito como se ve en el programa a continuación.
Niveles de dispositivos | Prima mensual por número móvil suscrito |
---|---|
Nivel de dispositivo 1 | $12.25 |
Nivel de dispositivo 2 | $12.25 |
Nivel de dispositivo 3 | $12.25 |
Nivel de dispositivo 4 | $12.25 |
E. CUÁNDO ENTRA EN VIGENCIA LA COBERTURA.
Todas las coberturas entran en vigencia a las 12:01 a. m. de la fecha de inicio, según lo estipulado en el presente documento.
La cobertura de este Certificado comenzará después de la aprobación de la compañía. Una vez aprobada, la cobertura será retroactiva a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción. Nosotros o nuestro representante autorizado le notificaremos dentro de los treinta (30) días si no se aprueba su solicitud. Se requerirá la realización exitosa de una llamada de prueba al "Bien asegurado" antes de la entrada en vigencia de la cobertura.
Para la Propiedad cubierta no conectada, la cobertura solamente se aplica a pérdidas que ocurran en o a partir del día treinta (30) después de la presentación de la solicitud de inscripción.
La elegibilidad para la inscripción luego de la activación inicial puede estar sujeta a limitaciones.
II. EXCLUSIONES.
Las pérdidas y causas de pérdida que se excluyen a continuación se realizan independientemente de cualquier otra causa o evento que contribuya simultáneamente o en cualquier secuencia a la pérdida. No pagaremos por ninguna pérdida ni tampoco por ninguna pérdida directa o indirectamente causada o que sea consecuencia de cualquiera de los sucesos, condiciones o causas de pérdida identificadas a continuación:
- La pérdida indirecta o resultante, incluyendo la pérdida de uso; interrupción del negocio, pérdida de mercado, pérdida del servicio, pérdida de ganancias, inconvenientes o demoras en la reparación o sustitución del Bien asegurado perdido o dañado.
- La Pérdida como consecuencia de que el cliente o alguien a quien se le confió el Bien asegurado intencionalmente se desprendió de este.
- La Pérdida como consecuencia de actos criminales, fraudulentos, deshonestos o intencionales por parte del cliente o de los miembros de la familia; cualquiera de los representantes autorizados o alguien a quien le confía la propiedad y cualquiera de los miembros de la familia; alguien con interés en la propiedad por cualquier fin, que actúa solo o conspira con otros.
- La Pérdida como consecuencia de obsolescencia, incluida la obsolescencia tecnológica o la depreciación en el valor del Bien asegurado.
- La Pérdida causada por o que sea resultado de cualquier daño cosmético sobre el Bien asegurado, cualquiera fuere su causa, que no afecta la función del Bien asegurado. Dichos tipos de pérdidas excluidos comprenden pero no se limitan a raspones, daños, rajaduras y cambios o mejoras en color, textura o acabado que afecten al Bien asegurado y al funcionamiento del mismo.
- La Pérdida causada por o que resulta de una reparación, un ajuste, una instalación, un servicio o un mantenimiento defectuoso, a menos que la causa sea un incendio o explosión y la pérdida del Bien asegurado sea únicamente el resultado de un incendio o explosión.
- La Pérdida causada por o resultante de una reparación o reemplazo no autorizado.
- La Pérdida causada por o resultante de la descarga, dispersión, filtración, migración, liberación o escape de sustancias contaminantes.
- La Pérdida causada por violar el Bien asegurado o que resulte del uso del Bien asegurado en una manera para el que no fue diseñado o previsto por el fabricante, o todo acto que invalide la garantía del fabricante.
- La Pérdida causada por o que resulta del incumplimiento de las instrucciones de mantenimiento, funcionamiento o instalación del fabricante.
- La Pérdida causada por o resultante de un error u omisión de diseño, programación o configuración del sistema del Bien asegurado o por retirada del fabricante.
- La Pérdida como consecuencia de fallas mecánicas o eléctricas.
- La Pérdida o daño a o de las baterías (a menos que estén aseguradas como un Accesorio cubierto cuando sean parte de la Pérdida de otro Bien asegurado).
- La Pérdida causada por o que sea resultado de cualquier Malware.
- La Pérdida causada por la reacción o radiación nuclear o contaminación radioactiva, cualquiera fuera su causa. Sin embargo, si la reacción o la radiación nuclear, o la contaminación radioactiva, causa un incendio, pagaremos por la Pérdida resultante causada por dicho incendio.
- La Pérdida causada por o que resulte de guerras, incluidas una guerra civil o no declarada, acciones bélicas de alguna fuerza militar, que incluya obstaculizar o defenderse de un ataque real o esperado, por cualquier gobierno, soberanía, o cualquier autoridad que utilice personal militar u otros agentes; o subversiones, rebeliones, revoluciones, poder de acción usurpado realizado por la autoridad gubernamental al obstaculizar o defenderse de cualquiera de los antes mencionados.
- La Pérdida causada por o que resulte de acciones del gobierno, por ejemplo embargo o destrucción de la propiedad por orden de una autoridad gubernamental que incluye sanciones económicas y de comercialización según la ley correspondiente y las guías del Departamento del Tesoro de USA
- La Pérdida o daño hacia o de datos, medios externos no estándar y software no estándar.
- Pérdida causada por o resultante del incumplimiento de hacer lo que es razonablemente necesario para minimizar la posibilidad de Pérdida y proteger el Bien asegurado contra otra Pérdida.
- La pérdida causada por sobrecarga.
- Pérdidas del Bien asegurado desconectado que ocurran dentro de los treinta (30) días desde la presentación de la solicitud de inscripción.
- La pérdida causada por daño accidental por manipulación del Bien asegurado como resultado del uso normal.
III. LÍMITES DE RESPONSABILIDAD.
A. LÍMITES POR EVENTO.
Lo máximo que gastaremos, en cualquier oportunidad, para reemplazar o reparar el Bien asegurado debido a una Pérdida es $3,500. Cualquiera sea el tipo de Pérdida, no pagaremos por equipos de reemplazo que tengan valores de venta al público que, o por los costos de reparación que, superen el límite, menos los deducibles aplicables establecidos en la sección IV.
B. LÍMITES AGREGADOS.
Se permitirá un máximo de reparaciones o reemplazos ilimitados de Bienes cubiertos por Suscriptor asegurado en cualquier período de doce (12) meses. Las pérdidas incurridas bajo este Certificado se aplicarán contra el límite total según este Certificado y además se transferirán y aplicarán contra el límite total aplicable bajo cualquier otro certificado emitido por nosotros durante los doce (12) meses posteriores a la Fecha de la pérdida.
IV. DEDUCIBLE.
Se pagará un deducible no reembolsable, como se establece en el programa a continuación, al momento en que aprobamos el reemplazo o reparación para cada reemplazo o reparación según la categoría del equipo y la causa de pérdida.
Los deducibles aplicables se establecen en el programa de deducibles que aparece a continuación.
DEDUCIBLE PARA DISPOSITIVOS CONECTADOS | |||
---|---|---|---|
$25 | $100 | $225 | $275 |
DEDUCIBLE PARA DISPOSITIVOS NO CONECTADOS |
---|
Tablets Wi-Fi |
$199 |
IMPORTANTE: se pueden cobrar cargos adicionales por equipos no devueltos (consultar la sección VI.F) por causas que no sean la pérdida o el robo, si el Cliente no devuelve el Bien asegurado tal como se indica en el momento de la Pérdida.
V. CONDICIONES EN CASO DE PÉRDIDA.
Sujeto a los términos y condiciones establecidos en este Certificado, compensaremos toda Pérdida cubierta por este Certificado.
- En caso de Pérdida, dispondremos la sustitución, o a nuestra absoluta opción, la reparación del Bien asegurado a través del Centro de servicio autorizado.
Para el Bien asegurado no conectado, cualquier reparación al Bien asegurado puede resultar en la anulación de la garantía del fabricante del Bien asegurado. Se brindará una garantía limitada de (60) días sobre cualquier reparación hecha por el Centro de Servicio Autorizado al Bien asegurado. Se brindará una garantía limitada de (90) días para fallas mecánicas o eléctricas en todos los equipos de reemplazo.
Para el Bien asegurado conectado, se brindará una garantía limitada de (1) año para fallas mecánicas o eléctricas en todos los equipos de reemplazo.
- Un Suscriptor asegurado no tendrá derecho a recibir efectivo, aunque podemos optar por ofrecer una liquidación en efectivo del costo para reemplazar el Bien asegurado, en lugar del reemplazo o la reparación de este. Toda liquidación en efectivo ofrecida se basará en el valor de reposición del equipo del mismo tipo y calidad con características y funcionalidades similares.
- A elección nuestra, podemos reparar el Bien asegurado con piezas sustitutas o proporcionar un equipo sustituto que:
- 1. Es similar en tipo y calidad;
- 2. Es nuevo o está reconstruido y puede contener piezas del fabricante originales o no originales; y
- 3. Puede ser de una marca, un modelo o un color diferente.
- El equipo de reemplazo será un equipo aprobado para usar en la red del proveedor de la compañía de servicio y pertenecerá a la misma categoría de equipo del Bien asegurado al momento de la Pérdida.
- La evaluación de fallas en el equipo realizada por la Compañía de servicio o nuestro Representante autorizado y/o el fabricante puede ser una opción requerida antes de la aprobación de su solicitud de reparación o del reemplazo del Bien asegurado.
VI. OBLIGACIONES EN CASO DE PÉRDIDA.
A. En caso de que el Bien asegurado conectado se pierda o sea robado, el cliente deberá notificar a su proveedor de servicio móvil tan pronto como sea posible para suspender el servicio.
B. Si una reclamación implica una violación de la ley o cualquier pérdida de posesión, el cliente acepta notificar de inmediato a la agencia del orden público y obtener confirmación de esta notificación.
C. El cliente debe informar la Pérdida de inmediato a un representante autorizado antes de los sesenta (60) días de la Fecha de la pérdida. Si no lo hace dentro de los sesenta (60) días, la reclamación se cancelará. Todas las reclamaciones deben ser enviadas a través de nuestro representante autorizado para obtener nuestra aprobación antes de que se le entregue un equipo de repuesto o se repare su equipo. Toda reclamación que no se presente a través de nuestro representante autorizado para nuestra aprobación no se procesará ni cumplimentará.
D. El cliente hará lo razonablemente necesario para minimizar la posibilidad de Pérdida y proteger el Bien asegurado contra otra Pérdida.
E. Es probable que el Cliente deba brindarnos un comprobante detallado por escrito de la declaración de Pérdida, un número de caso de denuncia policial o una copia de la denuncia policial dentro de los sesenta (60) días de la fecha en que se informó la Pérdida y antes de la reparación y recepción del equipo de reemplazo. En caso de una Pérdida, se le puede solicitar al cliente que proporcione una prueba de la compra. Es posible que también tenga que presentar o proveer una fotocopia de un documento de identidad con foto emitido por el gobierno.
F. Si la causa de la Pérdida no es pérdida ni robo, el cliente debe conservar el Bien asegurado hasta que se complete la reclamación. Si reemplazamos el Bien asegurado, podemos solicitarle al cliente que nos lo devuelva a nuestro cargo. Si así lo indicamos, el cliente debe devolvernos el Bien asegurado en un paquete con aviso de retorno que le brindamos dentro del los treinta (30) días o pagar el cargo de los equipos no devueltos aplicable al modelo del Bien asegurado que sufrió la Pérdida. EL CLIENTE PUEDE EVITAR ESTE CARGO SIMPLEMENTE DEVOLVIENDO EL BIEN ASEGURADO SEGÚN SE INDICÓ.
G. En caso de que acordemos la reparación del Bien asegurado, el cliente debe enviar el Bien asegurado a nuestro Centro de Servicio Autorizado según nuestras indicaciones. En caso de Pérdida, usted debe permitirnos inspeccionar la propiedad y los registros que prueban la Pérdida. Debe colaborar en la investigación de tal reclamación. Si es requerido, debe permitirnos interrogarlo bajo juramento dadas las circunstancias según sea razonablemente requerido sobre cualquier tema relacionado con este seguro o su reclamación, incluidos sus libros y registros. Sus respuestas deben estar firmadas y es posible que se registren.
I. El cliente debe dar a nuestro representante autorizado toda la información necesaria que se le pida para aprobar su reclamación para el reemplazo o reparación del Bien asegurado dentro de los sesenta (60) días de la fecha en que reporte la Pérdida. Si el cliente no recibe la entrega del equipo reparado o de reemplazo dentro de los sesenta (60) días luego de nuestra aprobación de la reclamación, se confiscará el equipo reparado o de reemplazo y su reclamación según este Certificado.
J. En caso de Pérdida, el cliente debe pagar con el deducible no reembolsable correspondiente a la Pérdida.
VII. ELEGIBILIDAD Y CANCELACIÓN.
- Disposiciones de cancelación.
- Puedes cancelar la cobertura según este Certificado enviándonos por correo o entregándonos una notificación por escrito por adelantado en la cual se establezca cuándo es efectiva la cancelación. El cliente puede enviar una notificación por escrito a nuestro representante autorizado a la siguiente dirección: Asurion Customer Care Center, P.O. Box 411605, Kansas City, MO 64141-1605; teléfono: 888.562.8662; o visitar att.com/myatt.
- La Compañía de servicio puede cancelar la cobertura según este Certificado si nos envía por correo o nos entrega una notificación por escrito donde se establezca cuándo es efectiva dicha cancelación. Nosotros, o la Compañía de servicio en nuestro nombre, le enviaremos o le entregaremos una notificación por escrito en la cual le informaremos sobre la cancelación de este Certificado. La notificación escrita se envía por correo o se entrega al cliente al menos treinta (30) días antes de la cancelación, u otro período más largo, según lo disponga la ley.
- Es posible que cancelemos este Certificado o cambiemos los términos y las condiciones únicamente para brindarle un aviso de al menos (30) días, o un período más largo tal como lo requiere la ley, excepto que cancelemos por las razones siguientes:
- Podemos cancelar la cobertura en virtud de este Certificado con un aviso de quince (15) días, o un período más largo según lo requiera la ley, en caso de descubrir fraude o declaración falsa material al obtener la cobertura o en la presentación de una reclamación en virtud de la misma.
- Podemos cancelar la cobertura en virtud de este Certificado de inmediato, o proporcionando tiempo adicional de notificación según lo exija la ley, por la falta de pago de la prima.
- Podemos cancelar la cobertura del cliente en virtud de este Certificado de inmediato, o proporcionando tiempo de notificación adicional según lo exija la ley, si:
- El cliente deja de tener el servicio activo con la Compañía de servicio; o,
- Usted agota el límite total de responsabilidad, si lo hubiere, según los términos de este Certificado y nosotros enviamos un aviso de cancelación al cliente dentro de los treinta (30) días calendario una vez agotado el límite. No obstante, si el aviso no es enviado de manera oportuna, la inscripción continuará a pesar del límite total de responsabilidad hasta que nosotros le enviemos un aviso de cancelación.
NOTA: si se cancela el cliente según la sección VII.A.3.(c)(2) te mantendrás inelegible durante un periodo de doce (12) meses desde la fecha de cancelación.
- Cómo se envía la notificación.
- Los avisos realizados de acuerdo con las Secciones A. 2 o 3 deben presentarse por escrito y deben incluir las razones reales para cancelar y la fecha efectiva de la cancelación. La cobertura finalizará en esa fecha.
- Los avisos pueden enviarse por correo o entregarse a la Compañía de servicio en la última dirección postal conocida. Las notificaciones pueden enviarse por correo o ser entregadas a usted en su última dirección postal o electrónica que tengamos registrada.
- Se registrará un comprobante de correo, por parte nuestra o de la Compañía de servicio, en la forma que sea autorizada o aceptada por el Servicio postal de Estados Unidos u otro servicio comercial de entrega por correo. Nosotros o la Compañía de servicio nos regiremos según las Secciones A.2. o 3. y brindaremos dicha notificación o correspondencia por medios electrónicos. Si se logra a través de medios electrónicos, se registrará un comprobante por parte nuestra o de la Compañía de servicio que constata que se envió el aviso o la correspondencia.
- Si se cancela la cobertura según este Certificado, los reembolsos a pagar se efectuarán en forma proporcional.
- Para ser y permanecer elegible para la cobertura:
- Usted tiene que haber activado el servicio de comunicaciones directamente con su Compañía de servicio y debe ser un suscriptor válido, activo y actual de su Compañía de servicio para obtener la cobertura según esta póliza. El Bien asegurado conectado debe encontrarse activamente registrado en la red de la compañía de servicio el día de la Fecha de la pérdida y debe haber ingresado en tiempo de llamada antes de la Fecha de la pérdida.
- El Bien asegurado será designado por nosotros y será elegible para obtener cobertura según este Certificado. La elegibilidad de dispositivos conectados puede estar limitada a nuevos dispositivos que no hayan sido anteriormente activados para el servicio.
- El cliente no tiene que haber incurrido en fraude o abuso en relación con este programa de seguro de equipos electrónicos portátiles u otro similar.
- Usted no debe haber agotado los beneficios disponibles según un certificado de cobertura CNA emitido por su Compañía de servicio por agotar el Límite total. (Ver Sección III. B).
- Usted no debe violar ningún término material de este Certificado, incluyendo pero sin limitarse a: no haber devuelto el Bien asegurado cuando esta acción es requerida en relación con una Pérdida; o, no haber cumplido con el deducible requerido de una Pérdida.
- Usted es responsable del pago de todas las primas, según los términos de este Certificado.
- El seguro provisto en este Certificado se proporciona mes a mes a menos que: usted ya no sea un suscriptor válido, activo y vigente de su Compañía de servicio; o usted o su Bien asegurado ya no sea elegible para la cobertura.
VIII. CONDICIONES ADICIONALES.
- Todas las reclamaciones por Pérdida según este Certificado serán compensadas dentro de los treinta (30) días posteriores a su presentación y a la aceptación del comprobante satisfactorio de interés y Pérdida ante y por parte de nuestro Representante autorizado y al cumplimiento de las Responsabilidades en caso de pérdida.
- Si nosotros y usted disentimos sobre el valor del Bien asegurado o sobre la cantidad o la satisfacción de la Pérdida, podemos elegir arbitraje conforme a la sección VIII.G. a continuación.
- Toda recuperación o rescate de una Pérdida se devengará íntegramente en nuestro beneficio hasta haber saldado los gastos en los que hemos incurrido. Cuando nosotros lo solicitemos, el cliente deberá devolvernos cualquier equipo dañado. Todo Bien asegurado que reemplacemos es propiedad de la CNA y puede ser deshabilitado, destruido o reutilizado. No reemplazaremos un equipo si el cliente presenta violaciones a los términos de este Certificado debido a: no haber devuelto la Propiedad cubierta cuando se le solicitó de acuerdo con una Pérdida anterior; debido a no haber cumplido con los cargos o deducibles del equipo no devuelto de una Pérdida anterior.
- Usted no puede transferir este Certificado sin nuestro consentimiento por escrito.
- Si cualquier Suscriptor asegurado para o por quien respondemos esta reclamación mediante este Certificado tiene derechos a recibir compensación por daños de otra parte, esos derechos nos serán transferidos. Dicho Suscriptor asegurado debe hacer todo lo necesario para garantizar nuestros derechos y no debe hacer nada luego de una Pérdida para perjudicarlos; pero el cliente puede renunciar a sus derechos con respecto a terceros por escrito:
- Antes de una Pérdida.
- Luego de una Pérdida, únicamente si al momento de la Pérdida, esa parte corresponde a uno de los siguientes:
- Alguien cubierto por este Certificado;
- Una firma comercial;
- Propio o controlado por el Suscriptor asegurado; o
- Que sea propietario o que controle al Suscriptor asegurado; o
- El arrendatario del Suscriptor asegurado.
Esto no restringe la cobertura del Suscriptor asegurado.
- Encubrimiento, distorsión o fraude
Su cobertura será cancelada y cualquier reclamación presentada será rechazada en el caso de incurrir en fraude, encubrimiento intencional o distorsión de un hecho material, en cualquier momento, a saber:
- Esta cobertura;
- El Bien asegurado;
- Su interés en el Bien asegurado; o
- Una reclamación según este Certificado.
- ACUERDO DE ARBITRAJE. Se debe leer cuidadosamente esta disposición del acuerdo del presente Certificado (Acuerdo de arbitraje). Puede afectar sus derechos. La mayoría de las inquietudes acerca de este Certificado se pueden solucionar de manera sencilla al comunicarse con nuestro representante autorizado al 888.562.8662. En el caso improbable de que no podamos resolver cualquier disputa, incluida cualquier reclamación según este Certificado, que usted o nosotros podamos tener, USTED Y NOSOTROS ACEPTAMOS RESOLVER ESTAS DISPUTAS A TRAVÉS DE UN ARBITRAJE VINCULANTE O TRIBUNALES DE RECLAMOS MENORES EN VEZ DE TRIBUNALES DE JURISDICCIÓN GENERAL. USTED Y NOSOTROS ACEPTAMOS QUE TODO ARBITRAJE SE REALIZARÁ DE MANERA INDIVIDUAL. USTED Y NOSOTROS ACORDAMOS: (1) RENUNCIAR A NUESTRO DERECHO A UN JUICIO CON UN JURADO Y (2) NO PARTICIPAR EN NINGUNA CLASE DE ARBITRAJES NI ACCIONES COLECTIVAS. El arbitraje es un proceso más informal que un juicio en un tribunal. El arbitraje se sirve de un árbitro neutral en lugar de un juez o un jurado. Tiene un descubrimiento más limitado que en un tribunal y está sujeto a una revisión limitada por parte de los tribunales. Los árbitros pueden otorgar las mismas indemnizaciones y los mismos remedios que un tribunal.
A los efectos del presente Acuerdo de arbitraje, las referencias a "nosotros" y "nos" incluyen nuestro representante autorizado, la compañía Continental Casualty Company, subsidiarias, afiliadas, agentes, empleados, sucesores y cesionarios. Este Certificado sirve como evidencia de una transacción de comercio interestatal; por lo tanto, la Ley Federal de Arbitraje rige la interpretación y la ejecución de este Acuerdo de arbitraje. El Acuerdo de arbitraje estará vigente aunque se cancele este Certificado.
Este Acuerdo de arbitraje debe ser interpretado en un sentido amplio, e incluye cualquier disputa: (1) que surja a partir de o que tenga alguna relación con este Acuerdo o programa o con la relación entre usted y nosotros, ya sean basados en un Acuerdo, agravio, decreto, fraude, falsa declaración u otro; (2) que surja antes de que este Acuerdo de arbitraje o Certificado sea aceptado por usted y por nosotros o que surja después de que este Acuerdo de arbitraje o Certificado se cancele; y (3) que actualmente sea objeto de un litigio de acción colectiva en el cual el cliente no sea miembro de un grupo certificado. A pesar de lo dispuesto anteriormente, este acuerdo de arbitraje no le impide elevar un proceso judicial en un Tribunal de Instancia o informar a cualquier agencia federal, estatal o local o entidades de su disputa. Dichas agencias o entidades podrán solicitar una reparación a nombre del cliente.
Si el cliente o nosotros intentamos buscar un arbitraje, el cliente o nosotros debemos primero enviar a la otra parte un Aviso de reclamación ("Aviso") por escrito por medio de una carta certificada. Su notificación para nosotros debe estar dirigida a: Legal Department, P.O. Box 110656, Nashville, TN 37222. La Notificación debe describir la disputa y establecer el remedio específico que se pretende. Si el cliente y nosotros no resolvemos la disputa dentro de los treinta (30) días de la recepción del Aviso, el cliente o nosotros podemos iniciar un procedimiento de arbitraje con la Asociación Americana de Arbitraje ("AAA"). El cliente puede obtener los formularios necesarios para iniciar un proceso de arbitraje ingresando a www.adr.org o llamando al 1-800-778-7879. Después de recibir la notificación de que el cliente ha comenzado el arbitraje, le reembolsaremos el pago de cualquier cargo de tramitación a la AAA. Si el cliente no puede pagar los gastos administrativos solicitados, nosotros los pagaremos si nos envía una solicitud por escrito con carta certificada a: Legal Department, P.O. Box 110656, Nashville, TN 37222. El arbitraje será administrado por la AAA de acuerdo con las Reglas de arbitraje comercial y los Procedimientos complementarios para disputas con el consumidor (las "Reglas del arbitraje") vigentes al momento del inicio del arbitraje y modificadas según este Acuerdo de Arbitraje. El cliente puede obtener una copia de las Reglas de arbitraje ingresando a www.adr.org o llamando al 1-800-778-7879.
El árbitro designado por la AAA para determinar la disputa está legalmente obligado por los términos de este Acuerdo de arbitraje. El árbitro decidirá sobre todos los temas, incluido el alcance de este Acuerdo de arbitraje, excepto que un tribunal decida sobre los temas que se relacionan con la aplicabilidad de este Acuerdo de arbitraje. Excepto que el cliente y nosotros acordemos algo diferente, todo proceso de arbitraje se llevará a cabo en el condado o distrito de su dirección de facturación. Si su disputa es por $10,000 o menos, el cliente puede optar por gestionar el procedimiento de arbitraje ya sea presentando los documentos al árbitro o presentándose ante el árbitro en persona o por teléfono. Si su disputa es por más de $10,000, el derecho al procedimiento de arbitraje será determinado por las Normas de arbitraje. Pagaremos todos los gastos administrativos, los cargos por administración y los del árbitro por todo arbitraje iniciado de acuerdo con este Acuerdo de arbitraje, a menos que el árbitro encontrase que su disputa ha sido infundada o presentada con un propósito inadecuado según la Norma Federal de Procedimiento Civil 11(b). En ese caso, el pago de dichos cargos serán regidos por las Reglas de arbitraje.
Tras la conclusión del procedimiento de arbitraje, el árbitro emitirá una decisión escrita que incluye una explicación de los hechos y la ley conforme a la cual se basa la decisión. Si el árbitro falla a favor del cliente e indica una indemnización por daños y perjuicios que es superior al valor de la última oferta del acuerdo hecha por nosotros o si no hicimos ninguna oferta del acuerdo y el árbitro le fija una indemnización por daños y perjuicio, nosotros: (1) le pagaremos el monto de la indemnización por daños y perjuicios o $7,500, cualquiera que sea la cantidad mayor; y (2) pagaremos a su abogado, si lo hubiere, dos veces el monto de sus honorarios y el monto real de todo gasto razonablemente incurrido al recurrir su disputa en un arbitraje. El cliente y nosotros acordamos no divulgar ninguna oferta de acuerdo al árbitro hasta después de que el árbitro haya emitido la decisión por escrito. El árbitro puede resolver cualquier disputa en relación con los honorarios y gastos del abogado, ya sea durante el procedimiento del arbitraje o, si se solicita, al cabo de 14 días desde la presentación de la decisión del árbitro por escrito. Aunque el derecho a los honorarios y los gastos de los abogados descriptos anteriormente es adicional a cualquier derecho que el cliente pueda tener en conformidad con la ley correspondiente, ni el cliente ni su abogado pueden obtener una compensación doble como resarcimiento por los honorarios y los gastos de los abogados. Aunque es posible que tengamos el derecho en virtud de la ley aplicable de recuperar las costas y los honorarios del abogado de parte del cliente, si prevalecemos en el arbitraje renunciamos a ese derecho por el presente.
En la medida en que se pretenda una compensación declaratoria o cautelar en el arbitraje, dicha compensación se otorgará únicamente en la medida necesaria para otorgar la compensación garantizada por la reclamación individual de dicha parte. EL CLIENTE Y NOSOTROS ACORDAMOS QUE AMBAS PARTES PUEDEN PRESENTAR RECLAMACIONES LA UNA CONTRA LA OTRA ÚNICAMENTE EN CALIDAD INDIVIDUAL, NO COMO DEMANDANTE O COMO MIEMBRO COLECTIVO DE NINGÚN PROCEDIMIENTO REPRESENTATIVO O COLECTIVO. Excepto que el cliente y nosotros acordemos algo diferente, el arbitraje no consolidará la disputa de otra persona con el cliente ni nuestra disputa y no podrá presidir ningún tipo de procedimiento representativo o colectivo. Si este artículo específico de este Acuerdo de arbitraje careciera de fuerza ejecutoria, entonces la totalidad de este Acuerdo de arbitraje se considerará nula y sin efecto.
- Nadie puede iniciar una acción legal, incluido arbitraje, contra nosotros según este Certificado, a menos que:
- Se ha cumplido por completo con todos los términos de este Certificado; y
- La acción se presenta al cabo de dos (2) años o un período más largo según se establece en la póliza o cualquier aval a ello luego de que usted toma conocimiento de la Pérdida o de otros sucesos que se consideran como fundamento de la acción.
- El territorio de cobertura es mundial, pero el costo de reemplazo o reparación será valuado en la moneda de USA al momento del reemplazo o reparación. Le enviaremos al cliente un equipo reparado o un equipo de repuesto aprobado directamente dentro de Estados Unidos y su territorio o le solicitaremos que lo recoja en una Instalación de servicio autorizada.
- Si usted tiene una Pérdida del Bien asegurado que sea parte de un par o un conjunto, solo cubriremos una proporción justa y razonable del valor total del par o del conjunto.
- La compañía podrá poner a su disposición otros beneficios o servicios limitados relacionados con el Bien asegurado, siempre que esté disponible. Estas pueden incluir: servicios de ubicación o recuperación de la propiedad; servicios de administración o recuperación de datos; servicio y mantenimiento del equipo; servicio técnico; actualización de reducción de costos o beneficios de compra u otros servicios provistos por su Compañía de servicio o por cualquier Instalación de servicio autorizada.
- Acordamos que cualquier término de este Certificado que no se ajuste a la ley aplicable deberá cumplir con dicha ley. Si cualquier parte de este certificado se considera no válida o carece de fuerza ejecutoria, no invalidará la parte restante de este certificado.
- Este Certificado contiene el acuerdo completo entre tú y nosotros sobre el seguro establecido. Los términos de este Certificado puede se pueden modificar o no aplicar únicamente si se emite un nuevo Certificado o una adhesión por parte nuestra y se toma como parte de este Certificado.
- Nos reservamos el derecho de revisar este Certificado en cualquier momento y ajustar los términos de la cobertura, incluyendo la prima y el deducible. En caso de cualquier cambio material en los términos de la cobertura, se te proporcionará un aviso por escrito y por anticipado de dichos cambios. El cliente puede cancelar la cobertura en cualquier momento sin penalización, pero si continua pagando recargos luego de realizarse cambios en los términos de la cobertura, entonces queda legalmente obligado por tal cambio.
- Si adoptamos cualquier revisión de la política que pueda ampliar la cobertura según este Certificado sin premium adicionales durante la vigencia de esta cobertura, la cobertura ampliada se aplicará inmediatamente a este Certificado.
- Debe seguir las instrucciones que figuran en el manual del usuario para un uso y mantenimiento adecuados de la propiedad cubierta. El cliente debe usar un protector de sobretensión y un software antimalware según las normas de la industria. El incumplimiento de las pautas de mantenimiento y servicio del fabricante, el uso del protector de sobretensión o el uso de un software antimalware estándar de la industria resultará en el rechazo de la cobertura de este Certificado. Recomendamos encarecidamente hacer un respaldo de los Datos y software con frecuencia. Es importante que realice copias de seguridad de sus archivos de datos y software ya que el presente Certificado no cubre pérdidas ni daños a datos o al software no estándar y las reparaciones al Bien asegurado pueden provocar la eliminación de esos datos o software. ES TU RESPONSABILIDAD HACER UN RESPALDO DE TODOS LOS SOFTWARE Y DATOS EN EL BIEN ASEGURADO CON DISCOS DUROS O CUALQUIER OTRO MECANISMO DE ALMACENAMIENTO. NO NOS HAREMOS RESPONSABLES EN NINGÚN MOMENTO POR LA PÉRDIDA, ALTERACIÓN O CORRUPCIÓN DE CUALQUIER SOFTWARE, DATOS O ARCHIVOS.
IX. DEFINICIONES.
- "Principal" se refiere al Bien asegurado conectado que está activado en el número móvil suscrito, asignado al cliente por parte de la compañía de servicio.
- "Centro de Servicio Autorizado" significa: la ubicación o las ubicaciones que funcionan como instalación de reemplazo o reparación para el programa y proporcionan reemplazos para o se encargan de las reparaciones del Bien asegurado. La selección del Centro de Servicio Autorizado será a nuestro exclusivo criterio o de nuestro Representante autorizado.
- "Conectado" se refiere a la Propiedad conectada a la red de la Compañía de servicios.
- "Certificado de cobertura", "Certificado" o "Certificados" significa: este Certificado para la cobertura de equipos electrónicos de la Marina Interior Comercial.
- El término "Accesorios cubiertos" tal como se lo utiliza en este Certificado se refiere a: si es parte de la Pérdida cubierta; los accesorios similares a los que se encuentran dentro del embalaje original de la Propiedad cubierta.
- El término "Bien asegurado" tal como se lo utiliza en este Certificado se refiere a:
Un (1) dispositivo principal y hasta tres (3) dispositivos no principales de la siguiente forma:
- Un Dispositivo principal es un smartphone, teléfono de funcionalidades, Mifi, tarjeta air card, tablet, laptop u otro dispositivo similar conectado, como lo definimos nosotros ("dispositivo electrónico portátil") que es tuyo o alquilas, o del cual eres financieramente responsable, y es elegible para el programa provisto por la Compañía de servicio.
- Los dispositivos secundarios pueden ser hasta tres (3) de los siguientes:
- Smartphones, teléfonos de funcionalidades, laptops, tablets, Mifi, tarjetas air card u otros dispositivos similares conectados según lo definido por nosotros ("dispositivo electrónico portátil") en la misma cuenta que el Dispositivo principal que el cliente posee o alquila, o por el cual es financieramente responsable; y
- Tablets solo con Wi-Fi que no estén conectados y que sean elegibles en virtud del programa;
Los smartphones, teléfonos funcionales, enrutadores inalámbricos Mifi, tablets, aircards u otro dispositivo similar conectado, como lo definimos nosotros, que constituyan un Bien asegurado deben encontrarse activamente registrados en la red de la Compañía de servicio y debe tener registrado tiempo de llamada luego de la inscripción. La identificación internacional del dispositivo del fabricante (IMEI, por sus siglas en inglés), el Número de serie electrónico (ESN, por sus siglas en inglés), el identificador único del dispositivo (UDiD) u otro número de identificación único del dispositivo asociado con su cuenta en los registros de la Compañía de servicio al momento en que comienza a ser efectiva la cobertura y por el cual se ha registrado tiempo de uso indica que el dispositivo se considera Bien asegurado, excepto que el cliente haya registrado tiempo de uso en un dispositivo diferente inmediatamente antes del momento de la Pérdida. En ese caso, dicho dispositivo en el que se ha registrado tiempo de uso se considerará Bien asegurado en tanto dicho dispositivo sea de su propiedad o el cliente lo alquile y presente pruebas de la propiedad o el alquiler.
También podemos solicitar que registre los dispositivos no conectados, pero en ningún caso se podrá registrar y cubrir más de un (1) dispositivo de anclaje y hasta tres (3) dispositivos que no sean de anclaje simultáneamente con este Certificado.
- El término "Datos" se refiere a la información ingresada en, almacenada en y procesada por el Bien asegurado. Esto incluye documentos, bases de datos, mensajes, licencias, información de contacto, contraseñas, libros, juegos, revistas, fotos, videos, tonos de timbre, música y mapas.
- La "Fecha de la pérdida" es la fecha en que ocurre la Pérdida del Bien asegurado.
- La "Fecha de Reemplazo" es la fecha en la cual se le envía el equipo de reemplazo o reparado, o la fecha en la cual usted recoge el equipo de reemplazo o reparado en un Centro de Servicio Autorizado, como resultado de una Pérdida cubierta.
- "Activación inicial" significa: el momento de la activación inicial del servicio por parte de la compañía de servicio para el Bien asegurado.
- "Suscriptor asegurado" o "Suscriptores asegurados" significa: el/los titular(es) de la cuenta de la Compañía de servicio cumplen con las siguientes condiciones:
- Quien se haya suscripto y haya aceptado la cobertura según este Certificado.
- Quien tenga una descripción completa de su Bien asegurado conectado registrado con nosotros o nuestro representante autorizado.
- Quien haya pagado todos las primas pagaderas con respecto a su Bien asegurado antes de la Fecha de pérdida presentada.
- "Pérdida" y "Pérdidas" significa: una pérdida cubierta como se estipula en la Sección I.B. Planes de Cobertura.
- "Malware" significa software malicioso que daña, destruye, accede a sus datos sin su autorización o de otro modo interfiere con el rendimiento de cualquier dato, medios, software o sistema en o conectado al Bien asegurado.
- "Falla eléctrica o mecánica" significa: falla de la "Propiedad cubierta" para funcionar debido a una pieza o fabricación defectuosa y al desgaste normal cuando se la opera de acuerdo con las instrucciones del fabricante.
- "Secundario" significa Propiedad cubierta conectada o no conectada que no es primaria.
- "No-conectado" se refiere a la propiedad cubierta no conectada a la red de la compañía de servicio.
- "Accesorios no cubiertos" tal como se lo utiliza en este Certificado se refiere a: todos los accesorios que no se incluyen en la definición de Accesorios cubiertos.
- "Medios externos no estándar" significa los objetos físicos sobre los que se pueden almacenar datos pero que no corresponden a componentes integrados del Bien asegurado necesarios para que este funcione. Esto incluye tarjetas de datos, tarjetas de memoria, discos duros externos y unidades flash. Los Medios externos no estándar no incluyen los Medios externos estándar.
- "Software no estándar" es el software que no es estándar.
- "Contaminante" significa cualquier sustancia sólida, líquida, gaseosa o térmica irritante o contaminante como el humo, el vapor, el hollín, gases, ácidos, alcalinos, químicos, campos eléctricos producidos artificialmente, campos magnéticos, campos electromagnéticos, pulsos electromagnéticos, ondas sonoras, microondas, y material y desechos radiactivos ionizantes o no ionizantes, producidos artificialmente. Los desechos incluyen materiales para reciclar, reacondicionar o recuperar.
- "Compañía de servicio" significa: AT&T y sus afiliadas y/o subsidiarias.
- Los "Medios externos estándar" son objetos físicos donde se pueden almacenar datos y que vienen estándar en el empaque original con el Bien asegurado del fabricante pero que no son componentes integrados del Bien asegurado necesarios para su funcionamiento.
- El "Software estándar" es el sistema operativo precargado en, o incluido como estándar con el Bien asegurado del fabricante.
- "Número móvil" o "Números móviles" significa: el número de teléfono móvil o la(s) línea(s) de datos o el/los número(s) asignados a usted por la Compañía de servicio.
X. CAMBIOS DE ESTADO.
Los términos y condiciones varían para los Certificados emitidos y los Suscriptores asegurados que residan en ciertas jurisdicciones tal como se establece a continuación.
A. CAMBIOS DE ESTADO - Sección VIII. G. El ACUERDO DE ARBITRAJE se modifica de la siguiente manera:
Si el cliente es residente del Distrito de Columbia, de Arkansas, Kentucky, Louisiana, Maine, New Hampshire, Oklahoma, Vermont, Washington o Wyoming; o si se determina que las disposiciones sobre arbitraje anteriores no son válidas o carecen de fuerza ejecutoria en lo que respecta al cliente, se aplicarán los siguientes términos: todo laudo arbitral dictado de acuerdo con las disposiciones de arbitraje en cuestión constituye un laudo arbitral no vinculante para el cliente, siempre y cuando dentro de los cuarenta y cinco (45) días de emitido el laudo del árbitro, el cliente inicie un procedimiento legal en un tribunal federal, estatal o local apropiado según los mismos asuntos y hechos presentados por el cliente en el proceso de arbitraje. Bajo ninguna circunstancia se presentará una disputa en una corte federal, estatal o local hasta el momento en que tanto tú como nosotros resolvamos nuestro desacuerdo primeramente en un arbitraje y obtengamos una compensación por medio del arbitraje de acuerdo a las disposiciones del arbitraje establecidas anteriormente.
El Acuerdo de arbitraje no se aplica si el cliente es residente de Georgia, Missouri, Nevada, Puerto Rico o South Dakota.
B. CAMBIOS DE ESTADO - DISPOSICIONES VARIAS
Alaska: (i) El párrafo introductorio en la Sección II se modifica de la siguiente forma: Una pérdida puede ser provocada por una cadena de causas. Si una Pérdida asegurada es la causa dominante de dicha pérdida, no rechazaremos la cobertura sobre la base de que una causa secundaria en esa cadena no es una Pérdida Asegurada. (ii) Se agrega lo siguiente a la Sección II.F.: esta exclusión se aplica a reparaciones, servicios o mantenimiento no autorizados por nosotros. (iii) La segunda oración en el primer párrafo de la Sección III. B. se elimina íntegramente. (iv) Se añade lo siguiente a las Secciones V. E. y VI.G.: los costos de envío serán a nuestro cargo. (v) Se añade lo siguiente a la Sección VI. C.: Si no informa su Pérdida tal como se indica o con la anticipación más razonable posible, la reclamación del cliente será cancelada si nuestros derechos se ven afectados. (vi) Se agrega lo siguiente a las secciones VI.H y VIII.G.: puede elegir contar con un abogado durante el interrogatorio. (vii) Se elimina lo siguiente de la sección VII.A.: ", u otro período más largo, según lo disponga la ley," y ", o al brindar un tiempo de notificación adicional, según lo disponga la ley,". (viii) La sección VIII.B se elimina y se reemplaza con lo siguiente: si el cliente o nosotros no estamos de acuerdo con el valor del Bien asegurado o la cantidad o satisfacción de la Pérdida, el cliente o nosotros podemos realizar una demanda por escrito a la otra parte para someter la disputa a evaluación. Dentro de un plazo de diez (10) días a partir de la demanda por escrito, tú y nosotros debemos notificar a la otra parte el tasador competente que cada uno ha elegido, quien oportunamente elegirá un árbitro competente e imparcial. Antes de los quince (15) días de elegir el árbitro, a menos que el período de tiempo sea prolongado por el árbitro, cada valuador establecerá su evaluación por escrito y de manera independiente. Si los tasadores aceptan, el acuerdo es vinculante para ti y para nosotros. Si los tasadores no aceptan, presentarán inmediatamente sus diferencias al árbitro. El acuerdo será vinculante para ti y para nosotros si la decisión es aceptada por uno de los tasadores y el árbitro. Todos los gastos y cargos del juicio, sin incluir los cargos de asesoramiento y liquidadores, serán pagados según lo determine el árbitro. Salvo lo expresamente establecido, ninguna parte de esta sección tiene el propósito de ni limitará o restringirá sus o nuestros derechos según AS § 21.96.035. (ix) La sección VIII.H.2 se modifica de la siguiente forma: la acción se presenta al cabo de tres (3) años a partir de la fecha en que se denegó la reclamación. (x) La sección VIII.N. se modifica con la eliminación de la palabra "material" de la segunda oración de la sección.
Arkansas: La mayoría de las inquietudes acerca de este Certificado se pueden solucionar de manera sencilla al comunicarse con nuestro representante autorizado al 1-866-727-1998. En el caso improbable de que no podamos resolver cualquier disputa, incluido cualquier reclamo según este Certificado, que tú o nosotros podamos tener, tienes derecho a presentar una queja ante el Departamento de Seguros de Arkansas (AID). Puedes llamar al AID para solicitar un formulario de queja al (800) 852-5494 o al (501) 371-2640, o escribir al Departamento en: Arkansas Insurance Department, 1 Commerce Way, Suite 102 Little Rock, AR 72202.
Arizona: sección VII.A.1. se modifica para agregar lo siguiente: Si cancelas una cobertura en virtud de este Certificado, recibirás un reembolso proporcional dentro de los sesenta (60) días a partir de la recepción del aviso.
Colorado: sección VII.A.3.(b) se modifica de la siguiente forma: podemos cancelar la cobertura en virtud de este certificado por falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación con quince (15) días de anticipación.
Connecticut: sección VII.A.3.(b) se modifica de la siguiente forma: Podemos cancelar la cobertura en virtud de este certificado por falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación con quince (15) días de anticipación.
Georgia: sección VII.A.3. se modifica para proporcionar por lo menos un aviso de sesenta (60) días si cancelamos este Certificado o cambiamos los términos y las condiciones a menos que cancelemos por otros motivos establecidos en el presente.
Hawaii: sección VII.A.3. se modifica para proporcionar por lo menos un aviso de sesenta (60) días si cancelamos este Certificado o cambiamos los términos y las condiciones a menos que cancelemos por otros motivos establecidos en el presente.
Idaho: sección VII.A.1. se modifica para agregar lo siguiente: Si cancelas una cobertura o rechazamos cambios en virtud de este Certificado, recibirás un reembolso proporcional dentro de los sesenta (60) días a partir de la recepción de tu aviso.
Illinois: sección VII.A.3. se modifica para proporcionar por lo menos un aviso de sesenta (60) días si cancelamos este Certificado o cambiamos los términos y las condiciones a menos que cancelemos por otros motivos establecidos en el presente.
Iowa: la segunda oración de la Sección VII.A.3.c.2. se modifica de la siguiente manera: No obstante, si el aviso no es enviado de manera oportuna, la inscripción continuará a pesar del límite total de responsabilidad hasta cumplidos treinta (30) días a partir de la fecha en que nosotros le enviemos el aviso de cancelación.
Kansas: (i) sección VII.A.3.(b) se modifica de la siguiente forma: Podemos cancelar la cobertura en virtud de este certificado por falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación con quince (15) días de anticipación. (ii) Se añade lo siguiente como sección VII.A.4.: No podemos cancelar la cobertura en base a la antigüedad del dispositivo inscripto. (iii) La primera oración de la Sección VIII.F. se modifica de la siguiente forma: La cobertura será cancelada y cualquier reclamación puede ser denegada si a sabiendas y con la intención de estafar, encubrir, o tergiversar cualquier hecho material en un comunicado o una declaración por escrito, en cualquier momento, en relación con:. (iii) la NOTA "B" a continuación se modifica para incluir una declaración o declaración escrita de reclamación o una solicitud. (iv) La cuarta oración de la Sección VIII. G. queda modificado de la siguiente forma: En el caso improbable de que no podamos resolver cualquier disputa, incluida cualquier reclamación según este Certificado, que usted o nosotros podamos presentar, USTED Y NOSOTROS PODREMOS ACORDAR DE FORMA VOLUNTARIA, LUEGO DE INICIADA LA DISPUTA, RESOLVER LAS DISPUTAS MEDIANTE ARBITRAJE VINCULANTE O TRIBUNALES DE RECLAMOS MENORES, Y NO MEDIANTE TRIBUNALES DE JURISDICCIÓN GENERAL. (vi) Sección VIII. H.2: "dos (2) años" se modifica a "cinco (5) años".
Kentucky: se elimina la última oración del primer párrafo de la sección X.A. en su totalidad.
Maryland: (i) sección VII.A.2. "Treinta (30) días" se modifica por "cuarenta y cinco (45) días". (ii) Sección VII.A.3. se modifica para ofrecer por lo menos una notificación con sesenta (60) días si cancelamos este Certificado o cambiamos los términos y las condiciones, a menos que cancelamos por otros motivos establecidos en el presente Certificado. (iii) Sección VII.A.3.a. "Quince (15) días" se modifica a "cuarenta y cinco (45) días". (iv) Sección VII.A.3.b. se modifica de la siguiente forma: podemos cancelar la cobertura en virtud de este certificado por falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación con diez (10) días. (v) Sección VII.A.3.c.2. "Treinta (30) días" se modifica por "quince (15) días". (vi) Se añade lo siguiente a la Sección VII.A.3: Podemos cancelar este Certificado sin previo aviso si el cliente obtiene cobertura sustancialmente similar a la de otro asegurador sin ningún lapso de cobertura. (vii) La cuarta oración de la Sección VIII. G. queda modificado de la siguiente forma: En el caso improbable de que no podamos resolver cualquier disputa, incluida cualquier reclamación según este Certificado, que el Cliente o nosotros podamos presentar, EL CLIENTE Y NOSOTROS PODREMOS ACORDAR DE FORMA VOLUNTARIA RESOLVER LAS DISPUTAS MEDIANTE ARBITRAJE VINCULANTE O TRIBUNALES DE RECLAMOS MENORES, Y NO MEDIANTE TRIBUNALES DE JURISDICCIÓN GENERAL. (viii) Sección VIII. H. 2. queda modificado de la siguiente forma: "dos (2) años" se modifica a "tres (3) años a partir de la fecha que éste devenga." (ix) la NOTA "B" que aparece a continuación no se aplica.
Michigan: este Certificado está exento de los requisitos de presentación de la sección 2236 del código de seguro de 1956, 1956 PA 218, MCL 500.2236.
Mississippi: sección VII.A.3.(b) se modifica de la siguiente forma: podemos cancelar la cobertura en virtud de este certificado por falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación con quince (15) días de anticipación.
Montana: (i) sección VII.A.3.b. se modifica de la siguiente forma: Podemos cancelar la cobertura en virtud de este certificado por falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación con diez (10) días de anticipación. (ii) La cuarta oración de la Sección VIII. G. queda modificado de la siguiente forma: En el caso improbable de que no podamos resolver cualquier disputa, incluida cualquier reclamación según este Certificado, que el Cliente o nosotros podamos presentar, EL CLIENTE Y PODREMOS ACORDAR DE FORMA VOLUNTARIA, LUEGO DE INICIADA LA DISPUTA, RESOLVER LAS DISPUTAS MEDIANTE ARBITRAJE VINCULANTE O TRIBUNALES DE RECLAMOS MENORES, Y NO MEDIANTE TRIBUNALES DE JURISDICCIÓN GENERAL. EL CLIENTE Y NOSOTROS ACORDAMOS NO PARTICIPAR EN NINGUNA CLASE DE ARBITRAJES NI ACCIONES CONECTIVAS. (iii) Se agrega lo siguiente a la sección VIII.L: Las disposiciones del presente Certificado se ajustan a los requisitos mínimos del estado de derecho y control de Montana, para los Asegurados de Montana, en lo relacionado a cualquier estatuto en conflicto de otro estado en o después de la fecha de entrada en vigencia de la cobertura. (iv) El término "entera" se elimina en su totalidad de este Certificado.
Nebraska: (i) sección VII.A.3. se modifica para proporcionar por lo menos un aviso de sesenta (60) días si cancelamos este Certificado o cambiamos los términos y las condiciones a menos que cancelemos por otros motivos establecidos en el presente. (ii) Sección VII.A.3.(b) se modifica de la siguiente forma: Podemos cancelar la cobertura en virtud de este certificado por falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación de quince (15) días.
Nevada: sección VII.A.3.(a) "Quince (15) días" se modifica a "diez (10) días".
New Hampshire: (i) sección VI.C. se modifica de la siguiente forma: El incumplimiento para informar una Pérdida dentro del período de tiempo requerido no dará como resultado un rechazo de la reclamación a menos que tal demora sirva para perjudicar nuestros derechos. (ii) La primera oración de la Sección X. A. se modifica eliminando el siguiente idioma: "o si se determina que las cláusulas de arbitraje mencionadas anteriormente no son válidas o exigibles con respecto a usted,".
New York: (i) sección VII.A.3. se modifica para dar por lo menos un aviso de sesenta (60) días si cancelamos este Certificado o cambiamos los términos y las condiciones, a menos que cancelemos por otros motivos establecidos en el presente. (ii) Sección VII.A.3.(b) se modifica de la siguiente forma: Podemos cancelar la cobertura en virtud de este certificado por falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación de quince (15) días. (iii) Section VII.A.3.(c)(2) "Treinta (30) días" se modifica a "quince (15) días". Se añade lo siguiente a la Sección VII.A.3: Podemos cancelar este Certificado sin previo aviso si el cliente obtiene cobertura sustancialmente similar a la de otro asegurador sin ningún lapso de cobertura. (v) Los residentes de Nueva York pueden comprar un seguro por separado por una prima mensual de $10.00.
North Dakota: (i) el primer párrafo de la Sección VII.A.3. se reemplaza por lo siguiente: podemos cambiar los términos y condiciones de este Certificado solo si proporcionamos al Cliente un aviso de al menos treinta (30) días, u otro período mayor según lo exija la ley. (ii) Subsecciones 3a.-b. de la Sección VII A. se eliminan y se reemplazan por las siguientes: a. Si este Certificado ha estado vigente por menos de 90 días, podemos cancelar la cobertura por cualquier motivo enviándole al Cliente por correo o entregándole un aviso por escrito al menos 10 días antes de la fecha de vigencia de la cancelación o Aviso de 30 días por fraude o tergiversación. B. Si este Certificado ha estado vigente durante 90 días o más, podemos cancelarlo por una o más de las siguientes razones: 1. Falta de pago de las primas con 10 días de aviso de cancelación; 2. Declaración falsa o fraude realizado por el Cliente o con su conocimiento para obtener cobertura o presentar un reclamo; 3. Las acciones del Cliente han aumentado o cambiado sustancialmente el riesgo asegurado; 4. La negativa del Cliente a eliminar las condiciones conocidas que aumentan el potencial de pérdida después de la notificación; 5. Cambio sustancial en el riesgo asumido a menos que se prevea razonablemente; 6. Pérdida del reaseguro que nos proporcionó cobertura para una cantidad significativa del riesgo subyacente asegurado; o 7. Una determinación por parte del comisionado de seguros de que la continuación de la póliza viola la ley. Por los motivos 2.-7., le daremos un aviso de cancelación con 30 días. (iii) El siguiente párrafo se agrega a la Sección VIII. CONDICIONES ADICIONALES: Q. Le enviaremos por correo o le entregaremos un aviso de no renovación al menos 60 días previos al vencimiento de la cobertura. El aviso manifestará nuestro motivo para la no renovación. Le enviaremos por correo o le entregaremos nuestro aviso a su última dirección postal o electrónica conocida. No le enviaremos por correo ni le entregaremos un aviso si usted ha obtenido una cobertura sustancialmente similar o aceptado cobertura de reemplazo de otra aseguradora.
Ohio: sección VII.A.3. se modifica para proporcionar por lo menos un aviso de sesenta (60) días si cancelamos este Certificado o cambiamos los términos y condiciones a menos que cancelemos por otros motivos establecidos en el presente.
Oklahoma: (i) VIII.G. El Acuerdo de arbitraje se modifica para incluir la siguiente información adicional: si la decisión de arbitraje no se toma dentro de los tres meses de realizada la demanda de arbitraje, el Suscriptor asegurado puede optar por presentar su reclamación ante un tribunal, siempre y cuando este no sea la causa de la demora. ADVERTENCIA: toda persona que a sabiendas y con intención de perjudicar, defraudar o engañar a un asegurador realiza una reclamación por las ganancias de una póliza de seguro que contenga información falsa, incompleta o engañosa se considera culpable de un delito. (ii) Se agrega lo siguiente a la Sección VIII. N.: En caso de cualquier cambio material en los términos de la cobertura, se le proporcionará al cliente un aviso por escrito al menos treinta (30) días antes.
Oregon: (i) la NOTA "B" que aparece a continuación no tiene validez. (ii) La sección VII.A.3. se modifica para proporcionar por lo menos un aviso de sesenta (60) días si cancelamos este Certificado o cambiamos los términos y las condiciones a menos que cancelemos por otros motivos establecidos en el presente. (iii) La sección VII.A.3.(b) se modifica de la siguiente forma: Podemos cancelar la cobertura en virtud de este Certificado por falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación de quince (15) días. (iv) Se agrega lo siguiente a la sección VIII. G. Acuerdo de arbitraje: todo laudo arbitral dictado de acuerdo con las disposiciones del arbitraje en cuestión constituye un laudo arbitral no vinculante para el cliente, siempre y cuando el cliente rechace la decisión del arbitraje en una notificación por escrito enviada a nosotros dentro de los cuarenta y cinco (45) días a partir del laudo del árbitro. Bajo ninguna circunstancia se presentará un procedimiento legal en una corte federal, estatal o local hasta el momento en que tanto el cliente como nosotros obtengamos en primer lugar una compensación por medio de un arbitraje de acuerdo con las disposiciones de este arbitraje. Todo arbitraje que tenga lugar en virtud de este Certificado se administrará de acuerdo con las Reglas de arbitraje a menos que cualquier requisito de procedimiento de las Reglas de arbitraje sea incompatible con la Ley Uniforme sobre Arbitraje de Oregon, en cuyo caso la Ley Uniforme sobre Arbitraje de Oregon controlará en base a dicho requisito de procedimiento.
Pennsylvania: (i) sección VII.A.3. se modifica para proporcionar por lo menos un aviso de sesenta (60) días si cancelamos este Certificado o cambiamos los términos y las condiciones a menos que cancelemos por otros motivos establecidos en el presente. (ii) Sección VII.A.3.b. se modifica de la siguiente forma: Podemos cancelar la cobertura en virtud de este certificado por falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación de quince (30) días.
Puerto Rico: (i) sección VII.A.3. se modifica para ofrecer un aviso de por lo menos sesenta (60) días si cancelamos este Certificado o cambiamos los términos y las condiciones a menos que cancelemos por otros motivos establecidos en el presente. (ii) Sección VII.A.3.b. se modifica de la siguiente forma: Podemos cancelar la cobertura en virtud de este certificado por falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación de quince (15) días. (iii) Sección VII.A.3.c.(2) "Treinta (30) días" se modifica a "quince (15) días". (iv) Si el cliente no ha presentado una reclamación, puede, dentro de los treinta (30) días a partir de la inscripción, cancelar la cobertura, según la primera fecha de vigencia de la cobertura y recibir un reembolso o crédito en tu factura por la prima completa pagada, escribiendo a: Post Office Box 411605, Kansas City, MO 64141-1605.
South Dakota: (i) sección VII.A.3. se modifica para proporcionar por lo menos un aviso de veinte (20) días si cancelamos este Certificado o cambiamos los términos y las condiciones a menos que cancelemos por otros motivos establecidos en el presente. (ii) Sección VII.A.3.a. "Quince (15) días" se modifica a "veinte (20) días". (iii) Sección VII.A.3.b. se modifica de la siguiente forma: Podemos cancelar la cobertura en virtud de este Certificado por la falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación con veinte (20) días de anticipación.
Islas Vírgenes Estadounidenses: (i) la cuarta oración de la sección VIII. G. queda modificado de la siguiente forma: En el caso improbable de que no podamos resolver cualquier disputa, incluida cualquier reclamación según este Certificado, que el Cliente o nosotros podamos presentar, EL CLIENTE Y NOSOTROS ACORDAMOS RESOLVER CUALQUIER DISPUTA MEDIANTE ARBITRAJE NO VINCULANTE O UN PROCESO JUDICIAL EN UN TRIBUNAL QUE TENGA JURISDICCIÓN EN LO REFERIDO A LA DISPUTA. (ii) La segunda oración en el tercer párrafo de la sección VIII. G. queda modificado de la siguiente forma: no obstante lo mencionado anteriormente, este Acuerdo de Arbitraje no le impide elevar una acción individual en un tribunal que tenga jurisdicción de la disputa o de informar a cualquier agencia federal, estatal o local o entidades de su disputa. (iii) La siguiente oración se elimina de la Sección VIII.G. Acuerdo de arbitraje: "Este Certificado sirve como evidencia de una transacción de comercio interestatal; por lo tanto, la Ley Federal de Arbitraje rige la interpretación y la ejecución de este Acuerdo de arbitraje". (iv) Se elimina la Sección VIII.H.2 y se reemplaza con el siguiente texto: La acción se presenta al cabo de un (1) año después de que usted tiene conocimiento de la Pérdida u otros eventos que son el fundamento de la acción.
Utah: sección VII.A.3.(a) "Quince (15) días" se modifica a "treinta (30) días".
Vermont: (i) sección VIII.A. se modifica de la siguiente forma: "treinta (30) días" se reemplaza por "diez (10) días". (ii) La nota "B." se elimina y se reemplaza con lo siguiente: Cualquier persona que presenta una declaración falsa en una solicitud de seguro o al presentar una reclamación será culpable de un delito y estará sujeto a multas según la ley estatal.
Washington: (i) el primer párrafo de la sección II. Las EXCLUSIONES se eliminan y reemplazan en su totalidad según lo siguiente: no pagaremos por Pérdidas ocasionadas directa o indirectamente por cualquiera de las causas de Pérdida excluidas anteriormente, y dicha Pérdida se excluye independientemente de cualquier otra causa o evento que contribuya de forma simultánea a la Pérdida si el evento excluido inicia la secuencia de eventos que resulta en una Pérdida. (ii) La primera oración de la sección VII.A.1. se modifica de la siguiente manera: el Cliente puede cancelar la cobertura en virtud de este Certificado por correo o a través del envío de un aviso previo que especifique cuándo es efectiva dicha cancelación. (iii) La sección VII.A.3. se modifica para brindar una notificación de al menos treinta (30) días en caso de que cancelemos o no renovemos este Certificado o cambiemos los términos y las condiciones, a menos que cancelemos por otros motivos establecidos en el presente. (iv) La sección VII.A.3.b. se modifica de la siguiente manera: podemos cancelar su cobertura en virtud de este Certificado por falta de pago de la prima proporcionándole al menos un aviso de cancelación de diez (10) días. (v) Se añade lo siguiente a la sección VII.A.3: nos reservamos el derecho a revisar el presente Certificado en cualquier momento, siempre y cuando no aumentemos la prima o el deducible ni restrinjamos la cobertura más de una vez en cualquier período de seis meses. (vi) La sección VII.B.1. se modifica de la siguiente manera: las notificaciones realizadas de acuerdo con las secciones A. 2 o 3 se presentarán por escrito e incluirán la razón real y la fecha efectiva de la cancelación o no renovación. La cobertura finalizará en esa fecha. (vii) La primera oración de la Sección X. A. se modifica de la siguiente forma: toda indemnización provista de acuerdo con las disposiciones del arbitraje en cuestión constituye una indemnización no vinculante para el cliente, dado que el cliente rechaza la decisión del arbitraje en una notificación por escrito enviada a nosotros dentro de los cuarenta y cinco (45) días a partir de la indemnización del árbitro. (viii) La siguiente oración se elimina de la Sección VIII.G. Acuerdo de arbitraje: Este Certificado sirve como evidencia de una transacción de comercio interestatal; por lo tanto, la Ley Federal de Arbitraje rige la interpretación y la ejecución de este Acuerdo de arbitraje.
West Virginia: VIII.G. El acuerdo de arbitraje se modifica de la siguiente manera: si el cliente y nosotros no acordamos si la cobertura se brinda según este Certificado por una reclamación hecha por o en contra del cliente; ambos, el cliente y nosotros podemos, por acuerdo mutuo, aceptar por escrito el arbitraje del desacuerdo. Si nosotros y el cliente llegamos a un acuerdo de arbitraje, cada parte debe seleccionar un árbitro. Los dos árbitros seleccionarán al tercer árbitro. Si no aceptan seleccionar un tercer árbitro dentro de los 30 días, ambas partes deben solicitar que un juez de una corte con jurisdicción seleccione un tercer árbitro. Excepto que el cliente y nosotros acordemos algo diferente, todo proceso de arbitraje se llevará a cabo en el condado de su dirección de facturación. Se aplicarán las reglas locales de la ley con respecto a procedimiento y evidencia. Será vinculante la decisión acordada por cualquiera de los dos. Nosotros realizaremos el pago de los honorarios del árbitro si se determina que existe cobertura. Si no se encuentra cobertura, cada parte: (a) deberá pagar a su árbitro elegido y (b) será responsable de los gastos del tercer árbitro en partes iguales.
Wyoming: (i) sección VII.A.3.a. se modifica de la siguiente forma: Podemos cancelar la cobertura en virtud de este Certificado de inmediato en caso de descubrir fraude o declaración falsa material. (ii) Sección VII.A.3.b. se modifica de la siguiente forma: Podemos cancelar la cobertura en virtud de este certificado por falta de pago de la prima proporcionando al menos un aviso de cancelación con diez (10) días de anticipación.
NOTA:
A. ESTE CERTIFICADO PUEDE BRINDAR UN DUPLICADO DE LA COBERTURA YA BRINDADA POR LA PÓLIZA PERSONAL DE SEGURO DE AUTO, LA PÓLIZA DE SEGURO DEL PROPIETARIO U OTRA FUENTE DE COBERTURA.
B. TODA PERSONA QUE A SABIENDAS Y CON INTENCIÓN DE PERJUDICAR, DEFRAUDAR O ENGAÑAR A UN ASEGURADOR REALIZA UNA DECLARACIÓN DE RECLAMACIÓN O UNA SOLICITUD QUE CONTIENE INFORMACIÓN FALSA, INCOMPLETA O ENGAÑOSA ES CULPABLE DE FRAUDE AL ASEGURADOR. EN FLORIDA, DICHA CONDUCTA ES UN DELITO DE TERCER GRADO.
Cualquier pregunta relacionada con la cobertura provista en virtud de este Certificado debe dirigirse a nuestro representante autorizado como se establece a continuación:
Asurion Customer Care Center
P.O. Box 411605, Kansas City, MO 64141-1605
1-888-562-8662
Corresponde a inscripciones realizadas a partir del 2/24/22.