SERVICIOS DE LOS PLANES DE PROTECCIÓN DE CABLEADO INTERNO

Términos y condiciones

Estos Términos y condiciones ("Acuerdo" o "Plan") para el PLAN DE SERVICIO DE CABLEADO INTERNO de INLINE®, WIREPRO y LINEBACKER (según corresponda a la ubicación del cliente, en adelante, todos "IWP") son cada uno un plan opcional ofrecido, según la ubicación del servicio, por AT&T Illinois, AT&T Indiana, AT&T Michigan, AT&T Ohio o AT&T Wisconsin (en adelante "nosotros", "a nosotros", "nuestro/s" o "AT&T"), AT&T California, AT&T Arkansas, AT&T Kansas, AT&T Missouri, AT&T Oklahoma o AT&T Texas (en adelante "nosotros", "a nosotros", "nuestro/s" o "AT&T"), para ofrecer servicios de detección y reparación de problemas para cableados internos de telefonía/telecomunicaciones y coaxiales utilizados para ofrecer los servicios residenciales de AT&T (que no sean servicios de TV satelital). Rigen a cualquier cliente que contrate los servicios IWP (en conjunto, "Servicios IWP" o "Servicios").

Aviso importante: SE DEBE LEER CUIDADOSAMENTE ESTE ACUERDO. ESTE ACUERDO CONTIENE UNA DISPOSICIÓN DE ARBITRAJE QUE RIGE CUALQUIER CONFLICTO ENTRE EL CLIENTE Y AT&T. ESTE ACUERDO TAMBIÉN ESTABLECE LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD EN CASO DE DISPUTAS.

Si el cliente no acepta estos Términos y condiciones, debe comunicarse inmediatamente con nosotros para cancelar sus Servicios de IWP. Si se cancela el servicio dentro de los treinta (30) días de la recepción de estos Términos y condiciones, no habrá ningún cargo por los Servicios y reembolsaremos cualquier monto que el cliente haya pagado por ellos. Si el servicio se cancela más de treinta (30) días después de la recepción de estos Términos y condiciones, reembolsaremos un monto prorrateado del cargo mensual de los servicios de IWP.

INTRODUCCIÓN

AT&T es responsable del mantenimiento de sus instalaciones de red. El cliente es responsable del mantenimiento y la reparación de todos el sistema de cableado de telefonía/comunicaciones (par trenzado) dentro de su propiedad que se utilice para la provisión de servicios de AT&T y de todos los equipos asociados (por ejemplo teléfonos/softphones, faxes, módems, computadoras, monitores, televisores, etc.). El "Cableado interno" es el cableado para telefonía/comunicaciones del lado del cliente del dispositivo de la interfaz de red (NID) o terminal para red de fibra óptica (ONT) hasta e incluidas las tomas y salidas de cable coaxial para comunicaciones que se utilizan para proveer los servicios de AT&T (que no sean servicios de televisión satelital). Por lo general la NID/ONT es una caja ubicada en el exterior de la casa del cliente y la línea que delimita el cableado interno y las instalaciones de red de AT&T. En edificios con varias unidades, el Cableado interno es el cableado que se encuentra dentro de las paredes de la unidad y que presta servicio a la unidad del cliente.1 "Cableado interno estándar" se refiere al Cableado que cumple con, y que se instaló de acuerdo a, las especificaciones del Código Eléctrico Nacional y las normas de la Asociación de la Industria Electrónica. Si hay un problema con el Cableado Interno, el cliente tiene varias opciones. Puede arreglarlo por sí mismo. Puede hacerlo arreglar por un tercero, por ejemplo un electricista. Como alternativa, el cliente puede llamar a AT&T para que lo repare. Si el cliente llama a AT&T, le cobraremos por el tiempo y los materiales necesarios para resolver el problema si no está suscrito a los Servicios IWP. Si el servicio de AT&T del cliente está ubicado en un lugar alquilado, en viviendas militares o en un edificio de varias unidades (departamentos, dormitorios estudiantiles, condominios, viviendas cooperativas, hogar de ancianos u otro lugar de vivienda grupal), el cliente debe determinar si la responsabilidad por las reparaciones del Cableado interno es del cliente o del administrador del edificio antes de suscribirse a los Servicios de IWP. No obstante, si el administrador del edificio del cliente lo permite, el cliente podrá optar por suscribirse de todas formas a los Servicios de IWP si prefiere contar con los servicios de diagnóstico y reparación de AT&T en lugar de los de otros proveedores.

DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS

El Plan IWP es un plan de servicio adicional que protege a los clientes residenciales de AT&T contra cargos de reparación inesperados de sus Cableado interno estándar, incluidas reparaciones que resulten del uso y desgaste normales. Si el cliente informa un problema con su(s) servicio(s) de AT&T y/o con su Cableado interno y se suscribe a los Servicios de IWP, llevaremos adelante tareas estándar de diagnóstico para determinar dónde está el problema (aislar el problema). También repararemos, de ser necesario, Cableado interno estándar: placas frontales de entrada, divisores y filtros de bloqueo, ("Componentes cubiertos")2 sujetos a las exclusiones que se enumeran a continuación. El suministro de energía, las baterías de reemplazo, el cableado eléctrico, los gateways residenciales, los adaptadores para teléfonos y los decodificadores no están cubiertos.3 El Cableado interno que no está conectado a las instalaciones de red de AT&T no está cubierto.

Bajo la cobertura de IWP, repararemos o reemplazaremos el Cableado interno estándar defectuoso y los Componentes cubiertos sin costo adicional para el cliente. (El cliente solo paga su cargo de suscripción mensual del IWP). La forma en que se realizan las reparaciones queda a nuestro criterio. También decidiremos el color y las especificaciones del cableado que se reemplace, las tomas para comunicaciones y las cajas de conexión. El montaje de superficie es estándar en el reemplazo de cableados y tomas para comunicaciones. Las solicitudes de reemplazo con cableado oculto que requieran trabajo extra pueden estar sujetas a cargo de tiempo y materiales. Nos reservamos el derecho de despachar a un reparador a nuestro criterio, ya que nuestra tarea de detección de problemas por lo general se puede llevar adelante desde nuestras instalaciones de prueba remotas.

El Plan IWP cubre el Cableado interno estándar de una sola línea (según se define a continuación) en un solo lugar, para una sola cuenta de cliente. Si el cliente tiene diferentes líneas en un mismo lugar, debe suscribirse a un plan de Servicios IWP por separado para cada línea. A los fines de este párrafo, una "línea" es cada número de teléfono saliente usado para servicios de intercambio telefónico local provistos por AT&T. Todos los servicios de acceso a Internet DSL o por marcado de AT&T se consideran una "línea" y no se suman a la cantidad total de líneas cuando se proveen tanto servicios de telefonía local como otros servicios de AT&T en un mismo lugar y para una misma cuenta de cliente.

EXCLUSIONES

A continuación enumeramos todo aquello que NO está cubierto en un Plan IWP:

  • Cableados internos o componentes cubiertos considerados defectuosos por negligencia, daño deliberado, vandalismo, equipo fallado y/o actividades de construcción/reparación/remodelación en el lugar
  • Cableados internos y componentes cubiertos que no funcionaban cuando se solicitaron los Servicios IWP;
  • Cableados para botes, cables y tomas especiales para botes y/o cableados para espacios para vehículos recreativos
  • Tomas ubicadas en el exterior, excepto las tomas impermeables ubicadas en el exterior de la casa del cliente
  • Lugares de servicio de alquiler compartido (STS) en los que los locatarios compran servicios al propietario/administrador u a otra entidad que no es AT&T
  • En los casos de viviendas de unidades múltiples, los problemas que ocurran en los cables horizontales o verticales dentro de una pared o los problemas a los que no se nos permite acceder, por ejemplo, por parte del propietario, el gobierno o las autoridades militares (si el cliente vive en una base militar) o por parte del arrendador de la propiedad del cliente
  • Reparación de cableados internos complejos asociados a diferentes líneas que usan equipos en común. Esto incluye cableados internos asociados a estaciones telefónicas que son part de una clave o sistema de telefonía PBX, reparación de cableado interno asociado a servicio de Centrex, Dimension, CentraLink 2100, CentraLink 3100, CentraLink DCOSS, y líneas conectadas a teléfonos con moneda
  • Cableado interno y componentes cubiertos dañados por una catástrofe (como un incendio, inundación, terremoto, acto terrorita, guerra, rayo o viento) que también dañe todo o parte de la propiedad, excepto que la reparación sea de cableado interno estándar en cualquier porción de la propiedad que esté apta para la ocupación sin reconstrucción ni reparación de paredes, pisos u otras estructuras, siempre y cuando el cliente no desconecte ningún servicio de AT&T en su propiedad. Si las reparaciones no se pueden completar hasta después de finalizada la reconstrucción, o si el cliente desconecta todos los servicios de AT&T en su propiedad, se aplicarán los cargos que correspondan por la instalación nueva o la reparación del cableado actual.
  • La instalación (no el reemplazo) de cables, tomas, salidas de cable y/o componentes nuevos, inlcuido conectar el cable en la NID/ONT o salidas o tomas/salidas de cable
  • Reemplazo total de cables (por ejemplo desde la NID/ONT hasta una o más tomas/salidas de cable), excepto que AT&T determine, a su entero criterio, que dicho reemplazo es necesario
  • Cable de extensión de la línea principal a estructuras no anexadas (como un garaje o cobertizo separados)
  • Conversión de teléfonos con cable y/o equipos del cliente a tomas/salidas modulares
  • Recableado de tomas/salidas de cable, reubicación y/o reorganización de una línea en funcionamiento a otra
  • Mover o reacomodar el cableado interno en la NID/ONT
  • Tomas/salidas de cable sin cableado (no modulares) y/o conversión de tomas/salidas no modulares a modulares
  • Cableado usado para servicios de televisión satelital y
  • Solicitudes de revisar si se espían las líneas telefónicas.

RESPONSABILIDAD DEL CLIENTE

Si el trabajo solicitado requiere un conducto, cortar o emparchar paredes, pisos y/o techos terminados o modificar estructuras, el cliente será responsable de coordinar que dichos trabajos sean realizados por otras personas.

Después de cada visita de reparación, el cliente será responsable de restablecer la conexión o verificar el correcto funcionamiento de cualquier dispositivo (por ejemplo teléfonos, softphones, faxes, módems, computadoras, monitores, televisores, alarmas contra incendios y robos, medidores, sensores, marcadores automáticos, dispositivos de respuesta automática, etc.) conectados al cableado interno. Es responsabilidad del cliente reprogramar cualquier número de teléfono o código que se haya borrado como resultado de las pruebas diagnósticas que realizamos, que puede incluir desconectar dicho equipo del cableado interno y/o desconectar el cableado interno de la interfaz de red/terminal de red óptica. También es responsabilidad del cliente garantizar el funcionamiento correcto de cualquier servicio que no sea de AT&T o de comunicarse con la compañía que presta dichos servicios.

TARIFAS, IMPUESTOS Y CARGOS

La facturación de los Servicios de IWP comienza en la fecha de entrada en vigencia de la cobertura. Ver la sección a continuación, con el título "Fecha de entrada en vigencia de la cobertura". El cliente acepta pagar sus cargos actuales por los Servicios de IWP según quedan reflejados en sus facturas mensuales, además de los impuestos y cargos que correspondan al cliente o a AT&T sobre dichos cargos. El pago tiene la misma fecha de vencimiento y está sujeto a los mismos cargos por pago atrasado que el resto de los ítems facturados en la factura de AT&T del cliente. Para ver los precios, impuestos y demás cargos que corresponden en la actualidad, el cliente debe revisar su factura de AT&T o llamar al centro de servicios al número que figura en la factura.

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA COBERTURA (Sujeta a exclusiones)

  1. Al solicitar los Servicios de IWP al mismo tiempo que un servicio nuevo de AT&T (no tiene servicios de AT&T actualmente):
    El Plan IWP entra en vigencia para el cableado que se utiliza para proporcionar los nuevos servicios de AT&T inmediatamente a partir de la activación de los nuevos servicios de AT&T.
  2. Al solicitar Servicios de IWP con servicio(s) de AT&T actuales:
    El Plan IWP/HCP entra en vigencia para el cableado usado para ofrecer los servicios actuales de AT&T en la fecha en la que el cliente realiza el pedido del Plan. Si también solicita nuevo(s) servicio(s) de AT&T en el mismo momento, entra en vigencia para el cableado utilizada para prestar el (los) nuevo(s) servicio(s) de AT&T, inmediatamente a partir de la activación del (de los) nuevo(s) servicio(s).*
  3. Si el cliente ya tiene Servicios IWP/HWP y contrata nuevo(s) servicio(s) de AT&T, ya sea para añadir o para reemplazar los servicios actuales:
    El Plan IWP entra en vigencia para el cableado que se utiliza para proporcionar los nuevos servicios de AT&T inmediatamente a partir de la activación de los nuevos servicios de AT&T*.

*Importante: Si el cliente solicita Servicios IWP el día de una visita de reparación, el Plan entra en vigencia para el cableado usado para prestar su(s) servicio(s) de AT&T actuales a partir del día posterior al día en que se completaron las reparaciones y se aplica al cableado utilizado para prestar cualquier servicio de AT&T nuevo inmediatamente después de la activación del servicio nuevo o de los servicios nuevos de AT&T.

CANCELACIÓN DEL SERVICIO

El cliente podrá cancelar los Servicios IWP en cualquier momento si llama a nuestro centro de servicios, sin incurrir en ningún cargo por cancelación ni desconexión. Los cargos se prorratean hasta la fecha en la que se cancela el servicio. Podremos cancelar los Servicios IWP del cliente si no paga en forma oportuna los cargos del plan; si causa o permite que ocurran daños en forma repetida al Cableado interno o los Componentes cubiertos; si un fallo, disposición, estatuto u orden emitidos o sancionados por un cuerpo judicial, legislativo, regulatorio lleva a AT&T a creer que estos Términos y condiciones podrían entrar en conflicto con dichas disposiciones, regulaciones o fallos; o si decidimos, a nuestro entero arbitrio, dejar de ofrecer Servicios IWP en cualquier área geográfica en particular, en todas las regiones y/o bajo alguna circunstancia o condición en particular.

GARANTÍA LIMITADA

Identificar y aislar la causa de un problema en una red electrónica o de fibra a veces resulta difícil y lleva tiempo, especialmente si el problema tien múltiples causas o es intermitente. Nuestra única responsabilidad bajo el Plan IWP es recurrir a las habilidades, procedimientos y equipos razonables para ubicar y reparar el problema en Cableados internos estándar y los Componentes cubiertos, o aislarlo con respecto a un equipo específico (por ejemplo, teléfonos, softphones, faxes, módems, computadoras, monitores, televisores, etc.).

Excepto disposición en contrario en los presentes Términos y condiciones, si no logramos identificar o eliminar el problema, o si no lo reparamos o reemplazamos correctamente, volveremos a la propiedad del cliente para corregir la reparación o el reemplazo cubiertos sin cargo adicional. Esta garantía tiene vigencia siempre y cuando el cliente siga suscrito a los Servicios IWP.

POR LA PRESENTE RECHAZAMOS EXPRESAMENTE CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA DE APTITUD PARA UN PROPÓSITO EN PARTICULAR O CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA QUE NO SE OTORGUE DE MANERA EXPRESA EN ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES.

LIMITACIÓN Y EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD

Ni nosotros ni nuestras empresas afiliadas, ni ninguna de nuestras o sus funcionarios, directivos, empleados o agentes serán responsables por las demoras o falta de reparación debido a circunstancias que exceden nuestro control razonable, incluidas huelgas o disputas laborales, catástrofes naturales, enfrentamientos civiles, razones climáticas, falta de materiales, terrorismo, carga de trabajo inusual, actos fortuitos, incendios, inundaciones, actos de gobierno o cualquier otra causa que exceda nuestro o su control razonable. Nuestra responsabilidad y su responsabilidad, en total, por los daños causados por o que surjan de una falta de prestación del servicio cubierto por el Plan IWP de manera adecuada y oportuna, bajo ninguna circunstancia excederá el monto inferior entre los siguientes: (i) $100 o (ii) el costo real de la reparación, reemplazo o instalación del Cableado interno estándar y los Componentes cubiertos (excepto en el caso en el que se disponga una compensación monetaria según la disposición de Resolución de disputas por arbitraje vinculante que figura abajo). Ni nosotros ni nuestras compañías afiliadas, ni ninguno de sus funcionarios, directivos, empleados o agentes será responsable por la alteración o daño de la propiedad del cliente ocasionado por los orificios que realicemos o por la instalación o desinstalación de cableados y equipos con tornillos, ganchos, sujetadores y adhesivos estándar cuando se realizan de la manera correcta.

NI NOSOTROS NI NINGUNA DE NUESTRAS COMPAÑÍAS AFILIADAS, NI NUESTROS NI SUS FUNCIONARIOS, DIRECTIVOS, EMPLEADOS NI AGENTES SERÁN RESPONSABLES BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA DE NINGÚN DAÑO INCIDENTAL NI CONSECUENTE, INCLUIDOS, ENTRE OTROS, PÉRDIDAS DE GANANCIAS QUE SURJAN DE MANERA DIRECTA O INDIRECTA DEL RENDIMIENTO O NO RENDIMIENTO DE LOS SERVICIOS CUBIERTOS BAJO EL PLAN IWP/HWP. ADEMÁS, NI NOSOTROS NI NINGUNA DE NUESTRAS EMPRESAS AFILIADAS, NI NINGUNO DE NUESTROS FUNCIONARIOS, DIRECTIVOS, EMPLEADOS O AGENTES SERÁ RESPONSABLE BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA DE NINGÚN DAÑO INCIDENTAL NI CONSECUENTE, INCLUIDOS, ENTRE OTROS, PÉRDIDAS DE GANANCIAS POR FALLAS O FALTA DE FUNCIONAMIENTO DE CUALQUIER ARTEFACTO CONECTADO AL CABLEADO INTERNOS DEL CLIENTES, COMO MARCADORES AUTOMÁTICOS, ALARMAS CONTRA ROBO E INCENDIOS, MEDIDORES, SENSORES, DISPOSITIVOS DE RESPUESTA AUTOMÁTICA, TELEVISORES, COMPUTADORAS PERSONALES Y TELÉFONOS.

EXCLUSIONES Y LIMITACIONES

ALGUNAS JURISDICCIONES NO PERMITEN LA EXCLUSIÓN DE CIERTAS GARANTÍAS NI LA LIMITACIÓN O EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS ACCIDENTALES O CONSECUENTES. EN ESTE SENTIDO, ALGUNAS DE LAS LIMITACIONES O EXCLUSIONES EN LAS SECCIONES DE ARRIBA, CON LOS TÍTULOS "GARANTÍA LIMITADA" Y "LIMITACIÓN Y EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD" PUEDEN NO CORRESPONDER AL CASO PARTICULAR DEL CLIENTE.

RESOLUCIÓN DE DISPUTAS CON AT&T MEDIANTE ARBITRAJE VINCULANTE. SE DEBE LEER ESTO CUIDADOSAMENTE. AFECTA A SUS DERECHOS.

Cualquier desacuerdo o disputa entre el cliente y AT&T, de cualquier tipo que sea, si no se resuelve en negociaciones deberá resolverse mediante un proceso de arbitraje.

Resumen del acuerdo de arbitraje (que se establece más abajo en detalle): la mayoría de las inquietudes de los clientes se puede resolver de manera rápida y satisfactoria llamando al servicio al cliente de AT&T. En el improbable caso de que el centro de servicio al cliente de AT&T no pueda resolver una inquietud o queja que presente el cliente (o si no logramos resolver una disputa que tenemos con el cliente después de haberlo intentado de manera informal) ambas partes aceptamos resolver dichas disputas a través de un arbitraje vinculante o de un tribunal de reclamos menores con jurisdicción general. El arbitraje es un proceso más informal que un juicio en un tribunal. En el arbitraje participa un árbitro neutral, en lugar de un juez o un jurado, se permite una presentación más limitada de las pruebas que en los tribunales, y el procedimiento está sujeto a una revisión muy limitada por parte de los tribunales. Los árbitros pueden otorgar las mismas indemnizaciones y los mismos remedios que un tribunal. Los procedimientos de arbitraje según este Contrato se realizarán individualmente; no se permiten arbitrajes de grupo ni demandas colectivas. Para cualquier reclamación no frívola que no exceda los $75,000, nos haremos cargo de todos los costos del arbitraje. Más aun, durante el arbitraje, el cliente tiene derecho a recuperar los honorarios del abogado al menos en los mismos términos que en un tribunal. Además, bajo determinadas circunstancias (según se explica a continuación) pagaremos más que el monto que otorgue el mediador y pagaremos al abogado del cliente (si corresponde) el doble de sus honorarios razonables si el mediador le otorga al cliente un monto superior al que ofrecimos para cerrar la disputa.

Cláusula de arbitraje:

  1. AT&T y el cliente aceptan arbitrar todas las disputas y reclamaciones que pudieran surgir entre las partes. Este acuerdo de arbitraje tiene como fin su interpretación en un sentido amplio. Esta incluye, entre otras cosas, lo siguiente:
    • reclamaciones que surjan de cualquier aspecto de la relación entre las partes o estén relacionadas con estos, ya sean basadas en un contrato, agravio, estatuto, fraude, falsa declaración o cualquier otra teoría legal;
    • reclamaciones que hayan surgido antes de este Acuerdo o cualquier Acuerdo anterior (incluidas, a modo enunciativo, las reclamaciones relacionadas con la publicidad);
    • los reclamos que actualmente son el objeto de una demanda colectiva pretendida, en la cual no eres participante de una clase certificada; y
    • los reclamos que puedan surgir luego de la rescisión de este Contrato.

    En este acuerdo de Arbitraje, las referencias a "nosotros", "nuestro", "nuestros", "usted", "su", "suyos" incluyen a nuestras respectivas subsidiarias, afiliadas, agentes, funcionarios, empleados, predecesores interesados, sucessores y designados, además de todos los usuarios autorizados o no o beneficiarios de los servicios o equipos bajo el presente o acuerdos anteriores celebrados entre las partes. A pesar de lo dispuesto anteriormente, cualquier parte puede iniciar un proceso judicial en un Tribunal de Instancia. Este acuerdo de arbitraje no le impide elevar cuestiones a agencias federales, estatales o locales. Dichos organismos pueden, si así lo permite la ley, solicitar reparaciones judiciales en contra de la compañía en representación del cliente. El cliente acepta que, al firmar este acuerdo, el cliente y nosotros resignamos el derecho a un juicio por jurados y a participar de una demanda colectiva. Este Contrato es evidencia de una transacción de comercio interestatal y esta cláusula de arbitraje se interpretará y hará cumplir conforme a la Ley Federal de Arbitraje (Federal Arbitration Act). Esta cláusula de arbitraje permanecerá en vigencia con posterioridad a la rescisión del Contrato.

  2. Una parte que pretenda iniciar un arbitraje primero deberá enviar a la otra parte, por correo certificado, una Notificación de disputa ("Notificación") por escrito. El cliente debe enviarnos su Aviso a: Office for Dispute Resolution, AT&T, 1025 Lenox Park Blvd., Atlanta, GA 30319 ("Dirección de notificación"). La Notificación debe (1) describir la naturaleza y los fundamentos de la reclamación o la disputa; y (2) establecer el remedio específico que se pretende ("Demanda"). Si AT&T y el cliente no llegan a un acuerdo para resolver la reclamación en un plazo de treinta (30) días a partir de que se reciba la Notificación, el cliente o AT&T pueden comenzar un proceso de arbitraje. Durante el arbitraje, el monto de cualquier oferta de acuerdo realizada por nosotros o el cliente no deberá publicarse al mediador hasta tanto el mediador determine el monto, si corresponde, al que tiene derecho el cliente.

    El cliente puede descargar o copiar un formulario de Notificación y un formulario para iniciar el arbitraje desde aquí:   att.com/arbitration-forms

  3. Luego de que AT&T reciba la notificación en la Dirección de notificación de que el cliente ha iniciado el arbitraje, le reembolsará de inmediato su pago del cargo por tramitación, salvo que la reclamación sea por un monto superior a $75,000. (Actualmente, el cargo por tramitación es de $200, pero está sujeto a cambios por parte del proveedor de arbitraje. Si el cliente no está en condiciones de pagar este cargo, lo pagaremos directamente al momento de la recepción de la solicitud por escrito en la Dirección de notificación). El arbitraje será regido por las Reglas de arbitraje comercial y los Procedimientos complementarios para disputas con el consumidor (en conjunto, "Reglas de la AAA") de la Asociación Americana de Arbitraje ("AAA"), como aparecen modificados por este Acuerdo, y será administrado por la AAA. Las normas de AAA están disponibles por Internet en www.adr.org, por teléfono llamando a la AAA al 1.800.778.7879, o escribiendo a la dirección de notificación. El árbitro se rige por los términos de este Contrato. Todos los asuntos deben ser decididos por el árbitro, a excepción de los asuntos relacionados con el alcance y el carácter ejecutorio de la disposición sobre arbitraje, los cuales deben ser decididos por el tribunal. A menos que AT&T y el cliente acuerden otra cosa, cualquier audiencia de arbitraje se llevará a cabo en el condado (o distrito) de la dirección de facturación del cliente. Si la reclamación es por $10,000 o menos, aceptamos que el cliente pueda elegir si el arbitraje se llevará a cabo exclusivamente basándose en los documentos presentados ante el árbitro, mediante una audiencia telefónica, o mediante una audiencia en persona según lo establecen las Reglas de la AAA. Si la reclamación supera los $10,000, el derecho a una audiencia será determinado por las Reglas de la AAA. Independientemente de la forma en que se conduzca el arbitraje, el árbitro emitirá una decisión fundamentada por escrito que sea suficiente para explicar los hallazgos y las conclusiones esenciales sobre los que se basa la compensación. Excepto que se disponga de otro modo en el presente, AT&T pagará la presentación frente a AAA, los cargos de administración y arbitrarje por cualquier abritraje iniciado según los requisitos de notificación que figuran más arriba. Si, no obstante, el árbitro descubre que el fundamento de su reclamación o la compensación que se busca a través de la Demanda es frívolo o tiene un fin inadecuado (según lo establecen las normas de la Ley Federal de Procedimiento Civil 11(b)), el pago de dichos cargos se regirá por las normas de la AAA. En dicho caso, el cliente acepta reembolsar a AT&T por todos los montos que haya desembolsado anteriormente y que, por el contrario, son responsabilidad del cliente según las normas de la AAA. Asimismo, si el cliente inicia un proceso de arbitraje en el que busca recibir más de $75,000 por daños, el pago de dichos cargos se regirá por las normas de la AAA.
  4. Si, luego de un fallo en cualquier sentido, el árbitro otorga al cliente una compensación superior al valor de la última oferta de acuerdo por escrito de AT&T antes de la selección de un árbitro, AT&T:
    • pagará al cliente el monto de la compensación o $10,000 ("el pago alternativo"), el que resulte mayor; y
    • cubrirá los gastos del abogado, si los hubiere, por el doble de los honorarios establecidos por el abogado y reembolsará cualquier tipo de gastos (que incluyen cargos y costos de testimonios de expertos) en los que haya incurrido razonablemente dicho abogado por investigar, preparar y presentar la reclamación en arbitraje ("el honorario del abogado").

    Si AT&T no hizo una oferta por escrito para resolver la disputa antes de la selección de un árbitro, el cliente y su abogado tendrán derecho a recibir el pago alternativo y el honorario del abogado, respectivamente, si el árbitro le otorga alguna compensación en torno al fundamento de la reclamación. El árbitro puede emitir fallos y resolver disputas con respecto al pago y reembolso de cargos, gastos, el pago alternativo y la compensación del abogado en cualquier momento durante el procedimiento y tras la solicitud de cualquier parte que se presente dentro de los catorce 14 días posteriores al fallo del árbitro con respecto a los méritos.

  5. El derecho a los honorarios y gastos de abogado dispuesto en este acuerdo de arbitraje reemplaza cualquier derecho a honorarios y gastos de abogado que el cliente pueda tener según la ley de aplicación. Por lo tanto, si el cliente tuviera derecho a un monto mayor de conformidad con la legislación aplicable, la presente cláusula no impide al árbitro que fije tal indemnización Sin embargo, no podrá recuperar las compensaciones duplicadas por los honorarios o costos de abogados. Si bien bajo algunas leyes AT&T puede tener derecho a que le cubran los honorarios y cargos de abogado si el abritraje es a nuestro favor, aceptamos que no solicitaremos el pago de dichos gastos.
  6. El árbitro puede otorgar una compensación cautelar o declaratoria únicamente a favor de la parte individual que busca compensación y únicamente en la medida necesaria para otorgar una compensación garantizada por la reclamación individual de dicha parte. LAS PARTES ACEPTAMOS QUE AMBAS PODEMOS PRESENTAR RECLAMACIONES CONTRA LA OTRA SOLO EN NUESTRO NOMBRE Y NO COMO REPRESENTANTES NI PARTE DE UNA DEMANDA COLECTIVA EN NINGÚNA DEMANDA COLECTIVA NI PROCEDIMIENTO INICIADO POR REPRESENTANTES. Más aun, excepto que ambas partes aceptemos lo contrario, el mediados no podrá consolidar las reclamaciones de más de una persona ni arbitrar en ningún tipo de procedimiento colectivo o llevado adelante en representación de grupos. Si se descubre que esta estipulación específica carece de fuerza ejecutoria, la totalidad de este acuerdo de arbitraje se considerará nula y no válida.
  7. Sin importar ninguna disposición en contrario contenida en este Acuerdo, el cliente acepta que si modificamos de alguna manera este acuerdo de arbitraje (que no sea un cambio en la dirección de notificación) durante el período de tiempo de vigencia del Acuerdo, el cliente podrá rechazar cualquier cambio si nos envía una notificación por escrito dentro de los treinta (30) días del cambio a la dirección de notificación establecida más arriba. Al rechazar cualquier cambio futuro, el cliente acepta que el arbitraje de cualquier disputa entre él y AT&T se realizará de conformidad con lo establecido en esta cláusula.

CAMBIOS A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES

Nos reservamos el derecho de enmendar estos Términos y condiciones y de cambiar los precios. Notificaremos al cliente con anticipación de cualquier aumento en los precios o de cualquier modificación que pueda tener un efecto sustancial sobre el Plan IWP/HWP, a través de un mensaje en la factura de AT&T o por cualquier otro medio razonable. Si el cliente no cancela los servicios de InLine/HWP antes de la fecha de entrada en vigencia de dicho cambio, el cliente estará sujeto a los nuevos términos y/o cambios hasta que cancele el servicio.

DISPOSICIONES GENERALES

Excepto según los establecido en la disposición de Resolución de disputas por arbitraje vinculante, en cado de que alguna de las disposiciones de este Acuerdo no sea válida o no pueda cumplirse, dicha falta de validez o aplicación no invalídará ninguna otra disposición de este Acuerdo, y este Acuerdo se considerará como si no contuviera dicha disposición no válida.

CAPACIDAD DE TRANSFERENCIA

AT&T puede vender, asignar o transferir la cuenta IWP del cliente y este Acuerdo a un tercero sin aviso previo. El cliente no podrá vender su cuenta de IWP ni este Acuerdo y no podrá asignar o transferir su cuenta de IWP o este Acuerdo sin el consentimiento por escrito de AT&T.

TOTALIDAD DEL ACUERDO

NINGÚN REPRESENTANTE DE AT&T TIENE AUTORIDAD PARA HACER NINGUNA DECLARACIÓN, PROMESA NI OFRECER NINGÚN TIPO DE GARANTÍA AL CLIENTE QUE NO ESTÉN ESTABLECIDAS POR ESCRITO EN ESTE ACUERDO. ESTE ACUERDO CONSTITUYE EL ACUERDO COMPLETO Y EXCLUSIVO ENTRE AT&T Y EL CLIENTE EN LO QUE RESPECTA A LA PROVISIÓN DE SERVICIOS INLINE/HWP.

CONSEJOS ÚTILES:

Diagnóstico y solución de problemas que puede realizar el cliente

El cliente debe garantizar que el equipo esté conectado a una fuente de energía, y al gateway, toma, salida de cable y/u otro componente de conexión residencial que corresponda. Además, el cliente debe consultar los materiales que recibe al momento de la instalación del servicio o recurrir a la ayuda en línea para diagnosticar problemas.

 

1 El cableado interno no incluye los cables horizontales y verticales internos del edificio. Si el cliente vive en un edificio de propiedad horizontal con múltiples demarcaciones, donde hay una NID separada para cada unidad (en lugar de una misma demarcación para todo el edificio), el Cableado interno no incluye el cableado de la NID del cliente al cableado interno de las paredes de la unidad.[volver]

2 Los Componentes cubiertos pueden incluir adaptadores inalámbricos, pero solo si fueron instalados por AT&T, a su entero criterio, si esto reemplaza instalar más cableado. Los Componentes cubiertos también pueden incluir paneles de parches, pero solo si son instalados por AT&T. Los Componentes cubiertos no incluyen ningún equipo ubicado en la residencia o el negocio del cliente.[volver]

3 Los servicios de reparación del gateway, adaptadores telefónicos y cajas de instalación residenciales pueden estar incluidos como parte de un acuerdo de alquiler en los términos y condiciones del servicio de AT&T que correspondan o pueden estar disponibles por separado si se compra el equipo. [volver]